Integridad

Corporativa

  • POLÍTICA DE ARTICULACIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO
    La Política de Articulación para el Cumplimiento (en adelante, la “Política de Articulación”) establece los componentes, compromisos, normas y sistemas de comunicación y disciplinario que integran el Programa de Integridad Empresarial de Multiaduanas Agentes Aduanales, S. de R.L. de C.V. (en adelante, “Multiaduanas”).

    La Política de Articulación constituye el eje central del Programa de Integridad Empresarial de Multiaduanas (en adelante, el “Programa”), por lo que sus disposiciones tienen el objetivo de articular la ejecución de los distintos elementos que lo integran.

    En cuanto tal, la Política de Articulación es el punto de partida para la prevención de riesgos legales, operativos y reputacionales, garantizando el cumplimiento de la normatividad interna y externa aplicable a Multiaduanas, incluyendo las mejores prácticas de conducta ética empresarial, especial pero no exclusivamente en el ámbito de la prevención de conductas inapropiadas o incluso delictivas.

    2. Ámbito de Aplicación

    Esta Política de Articulación se dirige a:

    1. a)  Todas las personas colaboradoras, directivas, consejeras, socias y representantes legales de Multiaduanas (en adelante, las “Personas Colaboradoras”).

    2. b)  Todos los socios comerciales de Multiaduanas, entendiéndose por ello cualquier persona o entidad, pública o privada, con la que Multiaduanas se alinee o asocie formal o informalmente para realizar negocios, dentro del giro comercial de Multiaduanas Algunos ejemplos incluyen proveedores, contratistas, asesores y otros terceros que actúen en nombre de la empresa o

    con quienes se mantienen relaciones comerciales (en adelante, las “Socios Comerciales”)1.

    En suma, cualquier persona que represente el nombre de Multiaduanas o trabaje con o para Multiaduanas, estará sujeta a la operación de esta Política de Articulación.

    Además, esta Política debe ser aceptada por las personas que contratan los servicios de Multiaduanas (en adelante, los “Clientes”), por lo que corresponde a la(s) relación(es) comercial(es) concretas y específicas que existan entre ambas partes, en los términos de la cláusula 7 de esta Política.

    3. Componentes del Programa

    El Programa se compone de lo siguiente:

    1. a)  Política de Articulación (es decir, este mismo documento)

    2. b)  Sistema de Evaluación de Riesgos

    3. c)  Código de Conducta Ética

    4. d)  Política Específicas de Comportamiento

    5. e)  SistemadeFormaciónySensibilización

    6. f)  Canal de Denuncias

    7. g)  Sistema Disciplinario

    4. CompromisoCorporativo,delosSociosydelaGerenciaGeneral

    Multiaduanas, sus socios, y la Gerencia General de la empresa, se comprometen a:

    1. a)  Cumplir con la legislación vigente en materia comercial, laboral, ambiental, penal, fiscal, administrativa y de derechos humanos.

    2. b)  Evitar la comisión de delitos que afecten a Multiaduanas, a sus Personas Colaboradoras, a los Clientes actuales o futuros, a sus Socios Comerciales o a cualquier otro tercero.

    1 En esta política, el masculino utilizado en los sustantivos (e.g., socio, cliente o proveedor) debe entenderse como incluyente de todos los géneros, mismos que no se utilizan para salvaguardar la concisión y evitar desgastes o confusión en su lectura.

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    c) Promover una cultura de integridad en todos los niveles organizacionales, entendiendo por ello un ambiente laboral en el que todas y todos son y se saben corresponsables de actuar ética y dignamente al cumplir con las normas internas de Multiaduanas que forman parte del Programa, así como las legales que les son exigibles.

    d) Rendircuentasencasodecomportamientoinapropiado,esdecir,violatoriode las normas internas de Multiaduanas que forman parte del Programa, así como las legales que les son exigibles.

    5. RolesyResponsabilidadesenGeneral

    En general, la operación del Programa implica que:

    1. a)  Multiaduanas, sus socios y la Gerencia General, la validan y respaldan, asignando los recursos económicos y humanos necesarios para su efectiva operación, e impulsando la cultura de integridad de Multiaduanas

    2. b)  Existan personas específicamente contratadas para supervisar su correcto desarrollo, implementar medidas de fortalecimiento necesarias, ejecutar mecanismos de formación constantes y alentar las comunicaciones por conductas inapropiadas (incumplimientos de la normatividad interna y externa aplicable a Multiaduanas), emitiendo recomendaciones al respecto.

    3. c)  Todas las personas que ejercen un rol de supervisión, se aseguren del cumplimiento operativo del Programa en sus unidades de negocio.

    4. d)  TodaslasPersonasColaboradoras,sindistincióndefunción,antigüedad,rango o jerarquía, conozcan, promuevan, respeten y apliquen las normas del Programa.

    6. MarcoNormativo

    Las siguientes son algunas de las normas externas más relevantes que regulan la actuación de Multiaduanas, y en cuyo cumplimiento está comprometida la empresa, en términos del apartado anterior:

    a) LeyAduanera

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    1. b)  LeydeComercioExterior

    2. c)  LeydeVíasGeneralesdeComunicación

    3. d)  LeyFederaldelTrabajo

    4. e)  LeyFederaldeProteccióndeDatosPersonalesenPosesióndelosParticulares

    5. f)  Ley Federal de Protección al Consumidor

    6. g)  Ley General de Responsabilidades Administrativas

    7. h)  LeyGeneraldeSalud

    8. i)  Código de Comercio

    9. j)  Código Penal Federal, para el Estado de Jalisco y sus homólogos del resto de

      entidades federativas

    10. k)  Otras leyes, códigos, reglamentos y Normas Oficiales Mexicanas que resultan

      relevantes a su giro comercial

    Además, Multiaduanas se adhiere firmemente a lo dispuesto en los siguientes tratados internacionales:

    a) Enmateriadecombatealacorrupción:

    1. ConvenciónInteramericanacontralaCorrupción(1997)

    2. Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos

      Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la

      Organización para la Cooperación y el Desarrollo (1997)

    3. Convención de la Organización de las Naciones Unidas contra la

      Corrupción (2003)

    b) Enmateriadederechoshumanosengeneral:

    1. ConvenciónAmericanasobrelosDerechosHumanos(1969)

    2. Convención de la Organización de las Naciones Unidas sobre los

      Derechos de las Personas con Discapacidad (2006)

    c) Enmateriadederechoshumanoslaborales:
    a. Conveniosobrelaigualdadderemuneración(1951)
    b. Conveniosobreladiscriminaciónenempleoyocupación(1958)

    Por otra parte, la empresa acata las normas internas que se ha dado a sí misma, empezando por el Código de Conducta Ética así como las siguientes políticas específicas de comportamiento que ha desarrollado para ordenar sus operaciones:

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    1. a)  PolíticadePrivacidadyProteccióndeDatosPersonales,ylosAvisosquedeahí se desprenden

    2. b)  PolíticadeLicituddeMercancías

    3. c)  PolíticadeLicitudyTransparenciaFinancieras

    4. d)  PolíticaparaSobreConflictosdeInterésComercialesyPersonales

    5. e)  PolíticaparaCombatirlaCorrupción

    6. f)  Política para la Prevención de Riesgos Penales y de Violación de Derechos

      Humanos

    Finalmente, Multiaduanas se adhiere a las mejores prácticas en materia de gestión de cumplimiento, prevención de riesgos y combate a la corrupción, en términos de las normas ISO 37301:2021, 3100:2018 y 37001:2025, respectivamente.

    7. Clientela

    Multiaduanas hace sus mejores esfuerzos, dentro del marco legal y de lo que es razonablemente posible en el contexto de su giro de negocios, para que sus Clientes respeten el contenido de la presente Política de Articulación, respecto de cada transacción comercial que les une con Multiaduanas

    En particular, el Código de Conducta Ética así como las políticas en materia de Licitud de Mercancías, de Licitud y Transparencia Financieras, de Combate a la Corrupción y de Prevención de Riesgos Penales y de Violación de Derechos Humanos, identificadas en la cláusula precedente, deben entenderse como una extensión de esta cláusula.

    Multiaduanas pone a disposición el contenido de tales instrumentos a través de su página web y solicita, respecto de cada transacción, que sus clientes firmen una Declaración de Integridad que implica su compromiso de cumplimiento al respecto.

    8. ComitédeCumplimientoNormativo

    El Comité de Cumplimiento Normativo (en adelante, el “Comité”) es un órgano interno de carácter decisorio y de supervisión.

    Su función principal es la de apoyar a la Gerencia General de Multiaduanas en la implementación, seguimiento y mejora del Programa.

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    El Comité cuenta con su propio Reglamento, que debe entenderse como una parte orgánica de la presente Política de Articulación.

    9. CanaldeComunicaciones,ProtecciónalDenuncianteyClarificacióndeDudas

    Canal digital para las comunicaciones

    El canal digital de comunicaciones de Multiaduanas se encuentra en la dirección electrónica etica-multiaduanas@buzonseguro.org y en el sitio electrónico www.buzonseguro.org; en caso de utilizarse este último, deberá indicarse el nombre de la empresa.

    Las Personas Colaboradoras y las Socios Comerciales tienen la obligación ética ineludible de informar, por medio del canal digital, sobre cualquier actividad, conducta, situación o incidente de la que tengan noticia y que implique o pueda implicar una violación directa o indirecta, potencial o actual, de cualquiera de las normas de conducta de Multiaduanas (ver inciso precedente), por parte de cualquier Persona Colaboradora de Multiaduanas (sin importar función, antigüedad, rango o jerarquía), Cliente o Socio Comercial.

    El canal digital de comunicaciones está disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, para cualquier Persona Colaboradora, Socio Comercial, Cliente o cualquier otro tercero, que desee utilizarlo.

    Para garantizar la adecuada operación del canal de comunicaciones, Multiaduanas adopta los siguientes principios rectores:

    1. a)  Anonimato:Ningúndenuncianteestáobligadoarevelarsuidentidad.

    2. b)  Confidencialidad: En caso de que la persona denunciante desee revelar su identidad, con el objetivo de poder dar seguimiento personalizado, se garantiza la plena confidencialidad, lo mismo que respecto de la información

      proporcionada.

    3. c)  Cumplimiento normativo: El canal operará en estricto cumplimiento de las

      leyes y regulaciones aplicables, así como de acuerdo con la normatividad

      interna de Multiaduanas.

    4. d)  Debido proceso: Se asegura que todas las partes involucradas tengan la

      oportunidad de ser escuchadas.

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    1. e)  Imparcialidad:Lascomunicacionesseránrecibidasporunproveedorexternoa Multiaduanas, quien supervisará las investigaciones que en su caso se realicen, con plena objetividad y sin prejuicios.

    2. f)  Responsabilidad: El canal confía en la buena fe y en la rectitud de conciencia de las personas que lo utilizan.

    Además, Multiaduanas prohíbe terminantemente cualquier tipo de represalia, discriminación o trato injusto en contra de quienes realicen denuncias de buena fe.

    El canal de comunicaciones está diseñado para recibir cualquier tipo de denuncias sobre la violación a cualquier norma aplicable a Multiaduanas, por ejemplo:

    1. a)  Acosolaboralosexual

    2. b)  Violencia(físicaomoral)

    3. c)  Discriminación

    4. d)  Sobornos

    5. e)  Conflictosdeinterés

    6. f)  Fraudes y robos

    7. g)  Transportación de mercancías ilícitas (armas, narcóticos o sustancias

      prohibidas)

    8. h)  ConductasquepuedandañarlareputacióndeMultiaduanas.

    9. i)  Etc.

    Todo ello, según la forma en que el Código de Conducta Ética y las demás políticas de comportamiento de Multiaduanas, así como las leyes aplicables, entienden cada uno de esos términos.

    Dichos temas son ejemplos del tipo de comunicados que se pueden enviar a través del canal; sin embargo, el canal está abierto a recibir cualquier tipo de inquietud o denuncia sobre un riesgo real o aparente de que ya se cometió o que se pueda cometer alguna conducta inapropiada (incluyendo delictiva) al interior de Multiaduanas, cualquiera que ésta sea.

    Es altamente conveniente que las comunicaciones contengan la mayor cantidad de detalles posible, incluyendo fechas, nombres de las personas involucradas, lugares específicos donde ocurrió la conducta inapropiada o en donde es posible que pueda llegar a cometerse, así como documentos de respaldo, si los hubiere.

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    El despacho GV Consultoría (en adelante, “GV”), externo a Multiaduanas, es el operador del canal de comunicaciones, teniendo entre sus funciones las siguientes:

    1. a)  Alrecibirlacomunicaciónrealizaráunaevaluacióninicialsobresuprocedencia y naturaleza del riesgo, determinando la necesidad o conveniencia de adoptar medidas de protección urgentes.

    2. b)  Encasodequeseconsiderequelainformaciónessuficienteparacontinuar, supervisará la investigación que en su caso se detone, garantizando la objetividad, exhaustividad y confidencialidad.

    3. c)  Con base en los resultados de la investigación, elaborará un informe y recomendaciones para el Comité de Cumplimiento Normativo de Multiaduanas.2

    4. d)  Multiaduanas tomará las medidas correctivas y disciplinarias que correspondan y determinará si la denuncia amerita ser escalada a las autoridades laborales, penales o de cualquier índole que corresponda.

    GV garantiza la confidencialidad de la identidad de la persona denunciante, salvo que se cuente con su consentimiento expreso o sea necesario revelarla por disposición legal.

    GV y Multiaduanas adoptarán medidas específicas para prevenir cualquier tipo de represalia en contra de la persona denunciante.

    GV mantendrá un registro detallado de todas las denuncias recibidas y las investigaciones supervisadas. La información se conservará de acuerdo con los plazos y requisitos legales aplicables.

    Multiaduanas promoverá una cultura de transparencia y confianza, donde las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales se sientan seguras al denunciar irregularidades.

    En las oficinas de Multiaduanas, en lugares notoriamente visibles, se mostrará información sobre el canal de comunicaciones.

    Reporte directo

    2 En caso de que algún miembro del Comité de Cumplimiento Normativo de Multiaduanas se encuentre involucrado en la investigación, se pondrá en operación un mecanismo, diseñado por GV, para garantizar la imparcialidad.

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    Además del uso del canal de denuncias, las Personas Colaboradoras están en libertad de advertir a sus supervisores sobre la conducta denunciada, sin temor alguno a represalias.

    Dudas o consultas

    El mismo canal digital (etica-multiaduanas@buzonseguro.org y www.buzonseguro.org) sirve también para clarificar dudas o realizar consultas. Es decir, cualquier Persona Colaboradora que quiera comprender el sentido de las disposiciones que constituyen las normas de conducta esperada (por ejemplo, del Código de Conducta Ética o de alguna política específica de comportamiento), o de las leyes que rigen a Multiaduanas, puede formular la pregunta correspondiente a través del canal.

    Los mismos principios de protección referidos a las quejas rigen las comunicaciones en las que se plantean dudas o consultas.

    10. Sistema Disciplinario

    Cualquier violación a esta Política de Articulación, o a cualquiera de los instrumentos que forman parte del Programa de Integridad Empresarial de Multiaduanas, podrá derivar en medidas disciplinarias internas.

    La severidad de las medidas estará en función de la gravedad de las faltas cometidas. Dichas medidas se implementarán con respeto absoluto a los derechos de todas las personas involucradas.

    El sistema se ajustará siempre a las exigencias de la legislación aplicable (laboral y de cualquier otra índole) y puede llegar, incluso, al despido justificado y/o a la denuncia ante las autoridades correspondientes, dependiendo de la gravedad de las conductas involucradas.

    Multiaduanas considera una violación al Programa las denuncias de mala fe o notoriamente infundadas. Multiaduanas también considera una violación al Programa el no aplicar medidas correctivas a los incumplimientos de la normatividad correspondiente.

    11. Firma de Compromiso

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    Todas las Personas Colaboradoras deberán firmar electrónicamente este instrumento. Su firma equivale a su expresa aceptación de haberlo leído y comprender sus disposiciones, así como de su compromiso de actuar conforme a ellas.

    12. Validación Electrónica de la Voluntad

    A fin de dotar de seguridad jurídica a las operaciones celebradas por vía electrónica, Multiaduanas utiliza sistemas de validación digital (e.g., Docusign) para validar la veracidad de la voluntad de las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales. Dicho sistema incluye alguna forma de identificación gráfica de la persona firmante, así como el certificado digital correspondiente. Además, es suplementado con el envío de algún documento de identidad oficial.

    Todos los contratos y declaraciones de compromiso con la integridad (cumplimiento ético y legal), se firman por ese conducto.

    13. Formación

    El contenido de la presente Política se difunde mediante sesiones de formación periódicas presenciales o virtuales.

    14. Supervisión

    El cumplimiento de esta Política será supervisado, en última instancia, por la Gerencia General de Multiaduanas, conforme al régimen disciplinario interno y, en su caso, se dará vista a las autoridades competentes.

    Si, por cualquier motivo, la Gerencia General tuviera impedimento objetivo, la supervisión final de la presente política estará a cargo del socio de Multiaduanas que se encuentre libre de tal impedimento.

    15. Revisión y Mejora Continua

    Esta Política de Articulación será revisada anualmente o cuando ocurran cambios normativos relevantes o cambios significativos en el modelo de negocio. Las actualizaciones serán aprobadas por las mismas autoridades internas que aprobaron la presente versión de la Política de Articulación.

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    16. Aprobación por la Gerencia General y la Asamblea de Socios de Multiaduanas

    La presente Política fue aprobada por la Gerencia General el día 12 de diciembre de 2025.

    Además, fue expresamente aprobada por la Asamblea de Socios de Multiaduanas con fecha 12 de diciembre de 2025

  • Versión: 1.1
    Fecha de entrada en vigor: 15 de diciembre de 2025

    El presente Código de Conducta Ética (en adelante, el “Código”) contiene las normas éticas y pautas de comportamiento cuyo propósito es fomentar la cultura personal y empresarial de la integridad, honestidad, transparencia y rendición de cuentas, en Multiaduanas Agentes Aduanales, S. de R.L. de C.V., y en Desaduanamiento Libre, S. de R.L. de C.V. (en adelante y en conjunto, “Multiaduanas”).

    2. ÁmbitodeAplicación

    Este Código se dirige a:

    1. a)  Todas las personas colaboradoras, directivas, consejeras, socias y representantes legales de Multiaduanas (en adelante, las “Personas Colaboradoras).

    2. b)  Todos los socios comerciales de Multiaduanas, entendiéndose por ello cualquier persona o entidad, pública o privada, con la que Multiaduanas se alinee o asocie formal o informalmente para realizar negocios, dentro del giro comercial de Multiaduanas Algunos ejemplos incluyen proveedores, contratistas, asesores y otros terceros que actúen en nombre de la empresa o con quienes se mantienen relaciones comerciales (en adelante, los “Socios Comerciales”)1.

    En suma, cualquier persona que represente el nombre de Multiaduanas o trabaje con o para Multiaduanas, estará sujeta a la operación del Código de Conducta Ética.

    1 En esta Código, el masculino utilizado en los sustantivos (e.g., socio, cliente o proveedor) debe entenderse como incluyente de todos los géneros, mismos que no se utilizan para salvaguardar la concisión y evitar desgastes o confusión en su lectura.

    Además, este Código debe ser aceptado por las personas que contratan los servicios de Multiaduanas (en adelante, los “Clientes”), en lo que resulte aplicable a la(s) relación(es) comercial(es) concretas y específicas que existan entre ambas partes, según lo dispuesto por la cláusula 5 de este Código.

    3. NormasÉticasFundamentales

    A continuación se expresan las normas de comportamiento mínimo que se espera de todas las personas a las que está dirigido este Código.

    3.1. Cumplimos con la normatividad

    Multiaduanas y todas las personas que con ella colaboran o interactúan, acatan, en todo momento, la normatividad mexicana e internacional, así como las normas internas que Multiaduanas se ha dado a sí mismo, empezando por el presente Código y las diversas políticas que ha desarrollado para ordenar su operación comercial.

    Además, se adhieren a las mejores prácticas internacionales en materia de gestión de cumplimiento y prevención de riesgos.

    Todo ello, de acuerdo con la Política de Articulación para el Cumplimiento de Multiaduanas, que es un documento diverso y que, junto con este Código, constituye el instrumento central de su Programa de Integridad Empresarial.

    3.2. Normas de conducta

    Multiaduanas está comprometido con mantener un ambiente laboral positivo. Cada persona colaboradora tiene un rol que jugar al respecto. En consecuencia, todas y todos deben cumplir ciertas normas de conducta, y ajustarse al sentido común y el juego limpio. Una conducta que no cumpla con lo aquí descrito puede dar lugar a acciones disciplinarias, de acuerdo con la Política de Articulación para el Cumplimiento de Multiaduanas y la ley.

    Los siguientes son ejemplos de conductas que Multiaduanas promueve:

    • Entre nosotras y nosotros, tanto como en la relación con los Clientes y los Socios Comerciales, somos leales, respetuosos, diligentes y honestos.

    • Respetamos la dignidad de todas las personas, su libertad y su privacidad.

    • Usamos lenguaje correcto cuando estamos trabajando.

    • Siempre que podemos, procuramos hacer algo bueno por los demás.

    • Evitamos conflictos de interés, reales o aparentes.

    • Reprobamos enérgicamente cualquier actividad ilícita en el contexto de

      nuestras operaciones.

    • Nos aseguramos de documentar correctamente las transacciones u

      operaciones que nos corresponde realizar.

    • Reconocemos que incluso la apariencia de una conducta inapropiada

      puede dañar nuestra reputación, por lo que las evitamos.

    • Asumimos la responsabilidad de nuestros actos y sus consecuencias. Sabemos que nadie será eximido de una conducta indebida por haber

      recibido una orden o sugerencia de otra persona para cometerla.

    • Cooperamos plenamente con cualquier investigación relacionada con

      conductas indebidas.

    • Sabemos que es altamente positivo cuando nosotras y nosotros mismos

      informamos a nuestros/as supervisores/as o al canal de denuncias que hemos observado, nos hemos enterado, o sospechamos de alguna actividad deshonesta, destructiva o ilegal.

      Ahora bien, enseguida identificamos algunos ejemplos de lo que no hacemos ni debemos hacer:

    • Proporcionar información falsa o engañosa en nuestras relaciones laborales o comerciales.

    • Desatender, de cualquier forma, las disposiciones de cero tolerancia a la violencia física, moral o sexual.

    • Incurrir en hostigamiento, acoso o bullying laboral.

    • Desobedecer instrucciones legítimas de una persona supervisora.

    • Acceder a pornografía, contenido sexual o violento, o al internet oscuro.

      desde instalaciones o equipos o redes de internet de Multiaduanas.

    • Apostar dentro de las instalaciones de Multiaduanas.

    • Robar, sustraer o dañar propiedad de Multiaduanas o de otra persona

      colaboradora, y/o divulgar información confidencial.

    • Dañar intencional o negligentemente activos de Multiaduanas, o el equipo o pertenencias de otras Personas Colaboradoras.

    • Compartir contraseñas de cuentas de trabajo con otras personas.

    • Cambiar contraseñas sin previa autorización de la Dirección General.

    • No cumplir con las responsabilidades asignadas.

    • Realizar actividades personales durante el horario laboral.

    • Violar cualquiera de las normas internas de Multiaduanas, incluido este

      Código y las diversas políticas operativas y específicas de comportamiento expedidas y notificadas por Multiaduanas.

      3.3. Promovemos y respetamos los Derechos Humanos

      Multiaduanas reconoce que los Derechos Humanos son el conjunto de bienes y prerrogativas que corresponden al ser humano por el simple hecho de serlo, en cualquier tiempo y lugar, y que son inalienables, universales y emergen de la dignidad humana.

      Multiaduanas afirma su convicción de que es indispensable respetar y promover los Derechos Humanos a fin de contribuir con la plena realización individual y colectiva de las Personas Colaboradoras y Socios Comerciales, y que ello es tarea de todas y de todos, sin distinción de función, antigüedad, rango o jerarquía.

      De manera particular, pero no excluyente de cualquier otro derecho, Multiaduanas promueve activamente el respeto a los siguientes derechos fundamentales:

      3.3.1.Reconocemos que todos somos iguales y rechazamos la discriminación

      Multiaduanas afirma que todas las personas poseen la misma dignidad y deben ser tratadas con respeto y consideración, con independencia de cualquier factor contingente que las individualice.

      Así, en Multiaduanas no discriminamos a las personas haciendo alguna distinción, exclusión, restricción o preferencia que no sea objetiva, racional ni proporcional, y que tenga por propósito o consecuencia obstaculizar, restringir o impedir el reconocimiento, goce o ejercicio de los

    derechos humanos, por razones basadas en sexo, identidad de género, orientación sexual, edad, estado civil, nacionalidad, origen étnico o social, educación, religión, embarazo, condición de discapacidad, estado de salud, opiniones políticas o cualquier otra condición personal o social.

    Multiaduanas promueve un ambiente inclusivo, respetuoso y de igualdad sustantiva para todas las personas, siendo conscientes de que la diversidad es fuente de valor.

    3.3.2. Vivimossinviolencia

    En Multiaduanas se fomentan los ambientes colaborativos y de paz, por lo que no se permiten actos de violencia física, verbal o no verbal (por ejemplo, visuales), moral (incluyendo la psíquica y emocional) y la sexual, ni cualquiera otra conducta que atente contra la seguridad de las personas.

    Además, Multiaduanas está comprometido en promover y conservar un ambiente de trabajo en armonía, en el que se condena, prohíbe y sanciona todo tipo de física, verbal o no verbal (por ejemplo, visuales), moral (incluyendo la psíquica y emocional) y la sexual, amenaza, acoso y hostigamiento, o cualquier otra actividad que atente contra la dignidad y respeto de las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales, ya sea en las instalaciones o fuera de ellas durante actividades relacionadas con el trabajo.

    Con base en ello, Multiaduanas afirma que todas las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales deben ser tratadas con cortesía y respeto en todo momento. Se espera, además, que las Personas Colaboradoras se abstengan de pelear, discriminar o realizar cualquier conducta que pueda poner en peligro a una colega, Cliente, o Socia Comercial.

    Está prohibido utilizar los recursos, productos o insumos de trabajo de Multiaduanas para amenazar, acosar o seguir a cualquier persona, ya sea dentro o fuera del lugar de trabajo. Multiaduanas trata las amenazas provenientes de una relación personal abusiva de la misma forma que cualquier otro tipo de violencia.

    Está totalmente prohibido portar armas, incluidas pero no limitadas a armas de fuego y cuchillos, en las instalaciones de la empresa, de los Clientes o de los Socios Comerciales, así como durante viajes relacionados con Multiaduanas.

    3.3.3. Trabajo forzoso e infantil

    Multiaduanas no tolera el trabajo forzoso ni el infantil.

    Se entiende por trabajo forzoso cualquier actividad o servicio exigido a una persona, bajo amenaza de cualquier tipo de castigo y para la cual dicha persona no se haya ofrecido voluntariamente.

    Se entiende por trabajo infantil cualquier actividad o servicio prestado por una persona menor de quince años, a pesar de que se haya ofrecido voluntariamente a ello.

    Respecto de los adolescentes entre quince y diecisiete años, Multiaduanas procurará no contratarles. Cualquier excepción a esta regla deberá ser autorizada por la Dirección General con base en razones que objetivamente contribuyan al bienestar superior de la persona menor de edad.

    3.3.4. Trata de personas

    Multiaduanas no tolera la trata de personas.

    Se entiende por trata de personas la acción de captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una persona, con fines de explotación laboral2, ya sea dentro del territorio nacional o desde o hacia el extranjero, con o sin consentimiento de la víctima.

    La trata de personas puede incluir movimiento, pero no lo requiere. Una persona puede ser considerada víctima de trata sin importar si nació en una situación de servidumbre, fue transportada al lugar donde ocurrió la explotación, consintió previamente en trabajar para un tratante de

    2 Explotación laboral implica trabajo forzoso.

    personas o participó en un delito como consecuencia directa de haber sido víctima de trata. En el centro de este fenómeno se encuentra el objetivo de los tratantes: explotar y esclavizar a sus víctimas, utilizando prácticas coercitivas y engañosas.

    3.4. Los principios laborales que abrazamos
    3.4.1. Igualdad de oportunidades y crecimiento continuo

    Multiaduanas afirma la igualdad de oportunidades para todas las Personas Colaboradoras, con base en el mérito personal, siempre que existan condiciones objetivas de igualdad entre las personas contendientes, y haciendo los ajustes razonables cuando exista alguna condición de discapacidad.

    Multiaduanas propicia que todas las Personas Colaboradoras aprendan, mejoren sus capacidades y se realicen personalmente. Para ello, proporciona espacios, momentos y herramientas específicas.

    3.4.2. Condiciones laborales dignas y seguras

    Multiaduanas se compromete a proveer condiciones que garanticen la dignidad de trato en el desempeño laboral. Ello incluye ofrecer espacios físicos dignos para todas y todos en los que se propicie la seguridad y el éxito en el trabajo.

    Todas y todos en Multiaduanas comparten la responsabilidad de mantener la seguridad en el lugar de trabajo.

    Todas y todos en Multiaduanas limitan sus actividades laborales a aquellas especificadas en la descripción de puesto o contrato. Cualquier accidente que ocurra en la realización de funciones o labores que no fueron asignadas o solicitadas expresamente, será responsabilidad exclusiva de la persona involucrada.

    3.5. Rechazamos la corrupción

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    En Multiaduanas está terminantemente prohibido ofrecer, prometer, dar o aceptar sobornos, pagos indebidos o beneficios ilegítimos a funcionarios públicos o a personas particulares, es decir, a representantes de empresas proveedoras o Clientes. Esto incluye las denominadas “mordidas”, “moches”, “dádivas” o “comisiones”, siempre que sean indebidas.

    Al efecto, Multiaduanas ha desarrollado una Política específica para Combatir la Corrupción que forma parte de su Programa de Integridad Empresarial, y que debe entenderse como complemento de las disposiciones de esta cláusula.

    3.6. Somos transparentes y rendimos cuentas

    Multiaduanas promueve decisiones claras, trazables y justificadas.

    En Multiaduanas se registran todas las transacciones con exactitud en el sistema administrativo, contable o informático que corresponda.

    Todas las Personas Colaboradoras de Multiaduanas, sin importar su función, rango, antigüedad o jerarquía, rinden cuentas por cualquier violación a las normas éticas establecidas en este Código, así como por infringir cualquiera otra disposición normativa interna de la empresa o legalmente exigible.

    3.7. Evitamos los conflictos de interés

    Multiaduanas y su gente es consciente de que la toma de decisiones cuando existe conflicto de intereses daña a la empresa y a las comunidades en las que vivimos y trabajamos, exista o no un beneficio personal indebido de por medio. Y ello termina por dañar a todas las Personas Colaboradoras, a los Clientes y a los Socios Comerciales.

    En Multiaduanas se sabe que siempre habrá conflicto cuando existan intereses personales que puedan influir en la toma de decisiones objetivas con relación a cualquier aspecto directivo, administrativo u operativo de la empresa. Ello incluye pero no está limitado a la existencia de relaciones familiares, intereses económicos y/o vínculos con autoridades públicas.

    Al efecto, Multiaduanas cuenta con una Política de Conflicto de Intereses, que forma parte de su Programa de Integridad Empresarial, y que debe entenderse como un complemento de las disposiciones de esta cláusula.

    3.8. Protegemos la confidencialidad de la información comercial

    La información que Multiaduanas genera u obtiene de terceros como consecuencia de sus relaciones comerciales (en adelante, la “Información Confidencial Comercial”), se conserva protegida con responsabilidad y de acuerdo con las normas aplicables.

    Se entiende por Información Confidencial toda aquella información, conocimientos o documentación técnicos, códigos fuente, datos, estrategias, procesos, modelos de negocio, estados financieros, relaciones comerciales, bases de datos, diseños, metodologías, fórmulas, especificaciones o cualquier otro tipo de contenido tangible o intangible, que no sea de conocimiento público, que tenga un valor actual o potencial para Multiaduanas porque le signifique obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de sus actividades, y que haya sido razonablemente resguardada para mantener su carácter confidencial.

    Nadie en Multiaduanas revela, por medio alguno, la Información Confidencial Comercial a personas no autorizadas, lo que implica que todas y todos se abstienen de realizar cualquier comentario, incluyendo en medios familiares o en redes sociales, sobre las actividades que se llevan a cabo dentro de la empresa y que puedan comprometer la confidencialidad de la Información Confidencial Comercial.

    3.9. Protegemos los datos personales

    En Multiaduanas se protegen los datos personales de cualquier persona con la que Multiaduanas interactúa, ya sea Persona Colaboradora, clienta o Socia Comercial (en adelante, los “Datos Personales”).

    Multiaduanas garantiza que el tratamiento que se dará a los Datos Personales se corresponderá con los fines legítimos que, de acuerdo con la ley, corresponden a la actividad comercial de Multiaduanas Ello, de acuerdo con

    su Política de Privacidad, que forma parte de su Programa de Integridad Empresarial, y que debe entenderse como una extensión de esta cláusula.

    3.10. Usamos los bienes y recursos con cuidado

    Todas y todos en Multiaduanas reconocen que lo recursos físicos, financieros, tecnológicos e informáticos con los que trabajan son propiedad de Multiaduanas, y que deben usarlos únicamente para fines lícitos y profesionales, siempre teniendo en mente la mayor productividad y la buena reputación de la empresa.

    Los bienes y recursos de la empresa incluyen, pero no se limitan a, computadoras (incluyendo todos los archivos, correos electrónicos, datos en Internet, etc.), teléfonos, teléfonos celulares, archivadores, escritorios, vehículos y espacios de trabajo u oficina.

    Todas y todos en Multiaduanas se comprometen a proteger los bienes y recursos contra pérdidas, daños, mal uso, robo o sabotaje.

    Al recibir equipo proporcionado por Multiaduanas, todas las Personas Colaboradoras firman un Acuse de Recibo de Equipo, dejando constancia de que comprenden el uso adecuado y las responsabilidades asociadas con el empleo del equipo proporcionado por la empresa.

    Sin perjuicio de lo dispuesto en la siguiente cláusula con relación a las herramientas tecnológicas, todas y todos en Multiaduanas saben que la empresa tiene el derecho de inspeccionar los bienes y recursos que les sean asignados.

    3.11. Usamos responsablemente las herramientas tecnológicas

    En Multiaduanas todas y todos son conscientes de que los equipos tecnológicos, cuentas de correo electrónico, acceso a redes o sistemas informáticos proporcionados por la empresa son para fines exclusivamente laborales.

    El uso de dichos medios, por tanto, se encuentra sujeto a monitoreo y supervisión, a efecto de (i) proteger la seguridad de la información institucional,

    (ii) verificar el cumplimiento de obligaciones legales, laborales y contractuales, y (iii) prevenir actos que pudieran constituir conductas ilícitas o contrarias a las políticas internas.

    Las Personas Colaboradoras serán notificadas previamente sobre las modalidades, alcance y condiciones del monitoreo, el cual se realizará conforme a los siguientes principios:

    • Necesidad y proporcionalidad: el monitoreo será limitado a lo estrictamente necesario para los fines señalados.

    • Minimización de acceso: se evitará revisar contenido personal, salvo justificación fundada y conforme a los procedimientos internos.

    • Confidencialidad: toda revisión será documentada, autorizada y limitada al personal designado.

      La aceptación del Código constituye notificación expresa sobre la posibilidad de monitoreo.

      Las Personas Colaboradoras conservan sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto a los datos personales que pudieran ser recabados en el marco de la supervisión por parte de la empresa, conforme al procedimiento previsto en la Política de Privacidad de Multiaduanas.

      El uso de los medios digitales proporcionados por Multiaduanas implica el conocimiento y aceptación del contenido de esta cláusula.

      3.12. Promovemos la salud personal

      En Multiaduanas se promueve la salud de cada Persona Colaboradora.

      Fumar y Vapear

      Por tanto, en Multiaduanas sólo se permite fumar cigarrillos de tabaco en las áreas especialmente designadas, que siempre están en espacios abiertos. Fumar se define como el “acto de encender, fumar o portar un cigarro, cigarrillo o pipa de cualquier tipo encendido o humeante”.

    No obstante, en Multiaduanas se prohíbe vapear, lo que se refiere al uso de sistemas electrónicos de administración de nicotina o dispositivos electrónicos para fumar, como cigarrillos, pipas o dispositivos electrónicos.

    Alcohol y Drogas Ilegales

    El uso indebido de alcohol y drogas ilegales representa una amenaza para la salud y seguridad de las Personas Colaboradoras de Multiaduanas, así como para la seguridad de los equipos e instalaciones de la empresa. Por estas razones, Multiaduanas está comprometida con la eliminación del consumo y uso indebido de drogas y alcohol en el lugar de trabajo, durante el horario laboral.

    3.13. Nos preocupamos por nuestras comunidades y por el medio ambiente

    Como parte de su compromiso social, en Multiaduanas se respeta a las comunidades y se apoya su crecimiento y, además, se promueve el cuidado de nuestra casa común. Por ello, se aplican y difunden prácticas responsables de gestión de residuos líquidos y sólidos y de eficiencia energética, con el objetivo de minimizar el impacto de sus actividades.

    4. SociosComercialesyautoridadespúblicas

    Multiaduanas promueve las mejores prácticas que conducen a una sana y justa relación con sus Socios Comerciales, con las que aspira a generar relaciones virtuosas de larga duración, benéficas para ambas partes. A dichos Socios Comerciales, se les evalúa conforme a criterios de integridad, calidad y cumplimiento normativo.

    En relación con las autoridades públicas, se mantiene una conducta respetuosa y apegada a Derecho, asumiendo un rol activo de responsabilidad cívica y social.

    5. Clientela

    A los Clientes, Multiaduanas ofrece sus servicios con apego a la verdad, evitando publicidad engañosa o precios ocultos.

    Además, de ellas espera que respeten las disposiciones de legalidad y rectitud ética contenidos en este Código y en las demás políticas que integran su Programa de

    Integridad Empresarial, respecto de cada transacción comercial que les une con Multiaduanas.

    Para tales propósitos, Multiaduanas una Política de Licitud de Mercancías que debe entenderse como una extensión de esta cláusula, y que debe ser aceptada por sus Clientes como condición necesaria para la prestación de los servicios contratados a Multiaduanas.

    6. ComunicaciónporIncumplimiento

    Las Personas Colaboradoras, los Socios Comerciales y los Clientes tienen la obligación ética ineludible de informar sobre cualquier actividad, conducta, situación o incidente de la que tengan noticia y que implique o pueda implicar una violación directa o indirecta, potencial o actual, de cualquiera de las normas incluidas en este Código de Conducta Ética, por parte de cualquier Persona Colaboradora de Multiaduanas, sin importar función, antigüedad, rango o jerarquía, Clienta o Socia Comercial.

    Ello, por medio del canal digital de denuncias (etica-multiaduanas@buzonseguro.org o al buzón www.buzonseguro.org), en los términos y con las salvaguardas garantizadas en la Política de Articulación para el Cumplimiento de Multiaduanas.

    7. FirmadeCompromiso

    Todas las Personas Colaboradoras deberán firmar electrónicamente este instrumento. Su firma equivale a su expresa aceptación de haberlo leído y comprender sus disposiciones, así como de su compromiso de actuar conforme a ellas.

    8. Formación

    El contenido del presente Código se difunde mediante sesiones de formación periódicas presenciales o virtuales.

    9. Supervisión

    El cumplimiento de esta Política será supervisado, en última instancia, por la Gerencia General de Multiaduanas, conforme al régimen disciplinario interno y, en su caso, se dará vista a las autoridades competentes.

    10. Revisión y Mejora Continua

    Este Código será revisado anualmente o cuando ocurran cambios normativos, operativos o tecnológicos relevantes. Las actualizaciones serán aprobadas por las mismas autoridades internas que aprobaron la presente versión del Código.

    11. Aprobación por la Gerencia General y la Asamblea de Socios de Multiaduanas

    El presente Código fue aprobado por la Gerencia General el día 12 de diciembre de 2025.

    Además, fue expresamente aprobado por la Asamblea de Socios de Multiaduanas con fecha 12 de diciembre de 2025.

  • Versión: 1.1
    Fecha de entrada en vigor: 15 de diciembre de 2025

    Esta Política para Combatir la Corrupción (en adelante, la “Política Anti-Corrupción”) contiene los lineamientos a los que se ajustan Multiaduanas, S. de R.L. de C.V., y y/o Desaduanamiento Libre, S. de R.L. de C.V. (en adelante y en conjunto, “Multiaduanas”), para propiciar la conducta honrada y, con ello, evitar incurrir en actos de corrupción, en cumplimiento de su Código de Conducta Ética, del Código Penal Federal y sus equivalentes estatales, así como de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y de las leyes de Prácticas Corruptas en el Extranjero y para la Prevención de la Extorsión en el Extranjero, de los Estados Unidos de América.

    La Política Anti-Corrupción se refiere a la corrupción en todas sus formas.

    2. ÁmbitodeAplicación

    Esta Política debe cumplirse por:

    1. a)  Todas las personas colaboradoras, directivas, consejeras, socias y representantes legales de Multiaduanas (en adelante, las “Personas Colaboradoras”).

    2. b)  Todos los socios comerciales de Multiaduanas, entendiéndose por ello cualquier persona o entidad, pública o privada, con la que Multiaduanas se alinee o asocie formal o informalmente para realizar negocios, dentro del giro comercial de la empresa. Algunos ejemplos incluyen proveedores, contratistas,

    asesores y otros terceros que actúen en nombre de la empresa o con quienes se mantienen relaciones comerciales (en adelante, los “Socios Comerciales”)1.

    En suma, cualquier persona que represente el nombre de Multiaduanas o trabaje con o para la empresa, estará sujeta a la operación de esta Política.

    Además, esta Política debe ser aceptada por las personas que contratan los servicios de Multiaduanas (en adelante, los “Clientes”), en lo que resulte aplicable a la(s) relación(es) comercial(es) concretas y específicas que existan entre ambas partes.

    3. Definiciones

    Para efectos de esta Política:

    1. a)  “Acto Corrupto”, significa cualquier transacción o actividad que implique un caso de Corrupción o de Soborno, incluyendo los actos que tiene la apariencia de una y/u otra cosa.

    2. b)  “Corrupción” significa el uso indebido del poder público o privado para beneficio personal, ya sea económico o de otro tipo.

    3. c)  “Honradez”significarectituddeánimo,asícomointegridadenelobrar.

    4. d)  “Soborno” significa ofrecer, prometer, dar, solicitar o recibir, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor con el fin de obtener una ventaja indebida.

    4. Declaraciónfundamental

    Multiaduanas, desde su más alta autoridad, está comprometida en impulsar la conducta honrada de todas las personas que, por cualquier circunstancia o motivo, interactúan con ella o actúen en su nombre. Por tal motivo, cuenta con normas de conducta ética que se refieren a las Personas Colaboradoras, socios, gerentes, coordinadores, directores, Clientes y Socios Comerciales.

    1 En esta política, el masculino utilizado en los sustantivos (e.g., socio, cliente o proveedor) debe entenderse como incluyente de todos los géneros, mismos que no se utilizan para salvaguardar la concisión y evitar desgastes o confusión en su lectura.

    Con base en ello, se compromete con la prevención de la Corrupción y el Soborno en todos los aspectos de sus operaciones comerciales y, por tanto, reprueba y prohíbe cualquier forma de Corrupción o Soborno, así como todo acto que parezca ser una u otra cosa, en sus relaciones comerciales.

    Así:

    1. a)  Ninguna Persona Colaboradora o Socia Comercial de Multiaduanas está autorizada a ofrecer o prometer pago, beneficio, viaje o ventaja, ni cualquiera otra cosa de valor económico, siempre que unas y otras sean indebidas, a cualquier persona, pública o privada, ni a recibir pago, beneficio, viaje o ventaja, o cualquiera otra cosa de valor económico, siempre que unas y otras sean indebidas, de cualquier persona, con el fin de obtener o proporcionar una ventaja comercial injusta o indebida.

      En ambos casos, se incluye expresamente, como posibles beneficiarios o benefactores, a las personas servidoras públicas en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas.

    2. b)  Multiaduanas rechaza enfáticamente, y denunciará ante las autoridades competentes, cualquier acto proveniente de una autoridad pública en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, que implique solicitar, pedir, exigir, pacífica o violentamente, cualquier pago, beneficio o ventaja indebida a Multiaduanas, con el fin de concederle una ventaja comercial que sin tales actos no tendría.

    5. Aparienciadecorrupción

    Se prohíbe a las Personas Colaboradoras y Socios Comerciales solicitar o aceptar dinero, préstamos, créditos, entretenimiento, favores, servicios, regalos u otros incentivos –sin importar su valor– que puedan inducir o ser percibidos como un intento de inducir a la persona beneficiaria a actuar de una manera corrupta, no independiente o parcial.

    Si rechazar un obsequio puede ser socialmente comprometedor para la Persona Colaboradora o para la Socia Comercial, entonces debe pedirse a la Gerencia General que lo reciba en nombre de Multiaduanas, y lo haga público. La Gerencia General sólo

    podrá aceptarlo en caso de ser razonable y cumplir con la normatividad aplicable, debiendo dar en cualquier caso aviso a los socios de Multiaduanas.

    Se exceptúa de lo dispuesto en esta cláusula, y en la Política Anti-Corrupción en general, los regalos de índole promocional, ocasional y de valor simbólico.

    6. Donacionesafavordeterceros

    Si se realiza una donación o contribución en nombre de Multiaduanas y en favor de terceros, debe hacerse de manera transparente y sin ninguna intención de influir indebidamente en una decisión o acción.

    En todos los casos, habrá registro de las operaciones.

    7. DebidaDiligencia

    Antes de establecer relaciones con un nuevo Cliente o Socio Comercial, las Personas Colaboradoras deberán llevar a cabo una evaluación de su integridad y cumplimiento con los estándares de ética y transparencia de Multiaduanas, entre los que destacan los principios anti-corrupción y anti-soborno, lo que implica solicitar los datos que permitan evaluar el historial y en su caso la integración corporativa de los Clientes o Socios Comerciales potenciales.

    El proceso se realizará igualmente para todos los Socios Comerciales existentes al momento de la entrada en vigor de esta Política.

    Respecto de los Socios Comerciales con quienes se mantiene una relación de largo plazo, el proceso se repetirá al menos cada dos años, y se dejará constancia documental de ello, a través de los formatos y directrices que Multiaduanas ha desarrollado para tales propósitos.

    8. ContratosyDeclaraciones

    Todos los contratos y acuerdos de Multiaduanas con terceros incluirán cláusulas anti- corrupción y anti-soborno, disponiéndose que la violación de alguno de los estándares contenidos en esta Política será causa justificada para su rescisión inmediata y el pago de daños y perjuicios, incluyendo aquellos de índole civil y penal, en favor de Multiaduanas y de cualquier tercero perjudicado.

    Todos los Clientes y Socios Comerciales deberán firmar una Declaración de Integridad que incluya su compromiso con la Honradez y el Combate a la Corrupción.

    9. FirmaPeriódica

    Cada Persona Colaboradora cuyas funciones puedan estar expuestas a la actualización de alguna de las conductas prohibidas por este instrumento, debe firmarlo anualmente, por vía electrónica. Su firma equivale a su expresa afirmación de no estar vinculado o vinculada con actos de corrupción o de soborno.

    Los Socios Comerciales deberán firmarla cada dos años, en términos de la cláusula 7 de este instrumento.

    Unas y otras están obligadas, además, a revelar cualquier riesgo al respecto.

    10. Validación Electrónica de la Voluntad

    A fin de dotar de seguridad jurídica a las operaciones celebradas por vía electrónica, la empresa utiliza sistemas de validación digital (e.g., DocuSign) para validar la veracidad de la voluntad de las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales.

    Todos los contratos y declaraciones de compromiso con el cumplimiento ético y legal, se firman por ese conducto.

    11. Comunicación por Incumplimiento

    Las Personas Colaboradoras y los Socios Comerciales tienen la obligación ética ineludible de informar sobre cualquier actividad, conducta, situación o incidente de la que tengan noticia y que implique o pueda implicar un Acto Corrupto, actual o potencial, por parte de cualquier Persona Colaboradora de Multiaduanas (sin importar función, antigüedad, rango o jerarquía), Cliente o Socio Comercial.

    Ello, por medio del canal digital de denuncias (etica-multiaduanas@buzonseguro.org o al buzón www.buzonseguro.org), en los términos y con las salvaguardas garantizadas en la Política de Articulación para el Cumplimiento de Multiaduanas.

    12. Formación

    El contenido de la presente Política se difunde mediante sesiones de formación periódicas presenciales o virtuales.

    13. Supervisión

    La supervisión operativa de esta Política estará a cargo de cualquier persona que tenga entre sus funciones supervisar a otra y que, por motivo de ellas, le resulte aplicable.

    El cumplimiento de esta Política será supervisado, en última instancia, por la Gerencia General, conforme al régimen disciplinario interno y, en su caso, se dará vista a las autoridades competentes.

    En caso de que en el Acto Corrupto esté involucrada la Gerencia General, el cumplimiento de esta Política estará a cargo de la Asamblea de Socios, órgano que realizará los ajustes que convenga para aislar a la Gerencia General de las discusiones correspondientes.

    En caso de que en el Acto Corrupto esté involucrado alguien perteneciente a la Asamblea de Socios, el cumplimiento de esta Política estará a cargo del resto de miembros de dicho órgano, mismo que realizará los ajustes que convenga para aislar a la persona involucrada de las discusiones correspondientes.

    14. Revisión y Mejora Continua

    La Política Anti-Corrupción será revisada al menos anualmente, y modificada en cualquier momento por cambios normativos, operativos o tecnológicos relevantes. En tal caso, se hará de conocimiento de todas las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales mediante su publicación en la página de internet de la empresa (https://multiaduanas.com.mx/), que siempre desplegará la versión más actualizada.

    Las actualizaciones serán aprobadas por las mismas autoridades internas que aprobaron la presente versión de la Política.

    15. Aprobación por la Gerencia General y la Asamblea de Socios de Multiaduanas

    La presente Política Anti-Corrupción fue aprobada por la Gerencia General el día 12 de diciembre de 2025.

    Además, fue expresamente aprobada por la Asamblea de Socios de Multiaduanas con fecha 12 de diciembre de 2025.

  • Versión: 1.1
    Fecha de entrada en vigor: 15 de diciembre de 2025

    La presente Política sobre Conflictos de Interés Comerciales y Personales (en adelante, la “Política de Conflictos de Interés” o la “Política”) documenta los lineamientos a los que se ajustan Multiaduanas, S. de R.L. de C.V., y Desaduanamiento Libre, S. de R.L. de C.V. (en adelante y en conjunto, “Multiaduanas”) para alentar la toma de decisiones objetivas, evitar los conflictos de interés en sus transacciones comerciales o en el desempeño de las funciones de cada persona colaboradora (en adelante, los “Conflictos”) y, en caso de presentarse algún Conflicto, gestionarlos adecuadamente, en beneficio de la salud empresarial.

    Todo ello, en cumplimiento de su Código de Conducta Ética y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

    2. ÁmbitodeAplicación

    Esta Política de Cumplimiento se dirige a:

    1. a)  Todas las personas colaboradoras, directivas, consejeras, socias y representantes legales de Multiaduanas (en adelante, las “Personas Colaboradoras).

    2. b)  Todas las socias comerciales de Multiaduanas, entendiéndose por ello cualquier persona o entidad, pública o privada, con la que Multiaduanas se alinee o asocie formal o informalmente para realizar negocios, dentro del giro comercial de la empresa. Algunos ejemplos incluyen proveedores, contratistas, asesores y otros terceros que actúen en nombre de la empresa o

    con quienes se mantienen relaciones comerciales (en adelante, los “Socios Comerciales”)1.

    En suma, cualquier persona que represente el nombre de Multiaduanas o trabaje con o para la empresa, estará sujeta a la operación de esta Política.

    3. Definiciones

    Para los efectos de este documento:

    1. a)  “Relación Comercial” significa la existencia de un interés financiero en una empresa, negocio o emprendimiento comercial cualquiera, distinto a American Industries, o bien el hecho de que una Persona Colaboradora sea, además, directora, empleada o funcionaria de tal empresa, negocio o emprendimiento comercial.

    2. b)  “Beneficio Personal Indebido” significa la obtención de un favor, ganancia o posición privilegiada, que no sea lícita por violar las normas contenidas en esta Política contra el Conflicto de Interés o en el Código de Ética y Conducta de American Industries.

    3. c)  “Relación Informal de Pareja” significa la existente entre dos personas, con independencia de su sexo o identidad de género y de su estado civil, en la que está presente un vínculo romántico circunstancial o esporádico.

    4. d)  “Relación Personal Cercana” significa la existente entre una Persona Colaboradora y las siguientes categorías de personas: abuelos, padres, familia política, cónyuge, concubina o concubinario, familia del cónyuge, concubina o concubinario, pareja sentimental estable, hermanos, cónyuges, concubinas o concubinarios de hermanos, familia política de hermanos, hijos, tíos, primos, sobrinos y amigos íntimos2.

    4. NormasEspecíficasdeConducta

    1 En esta política, el masculino utilizado en los sustantivos (e.g., socio, cliente o proveedor) debe entenderse como incluyente de todos los géneros, mismos que no se utilizan para salvaguardar la concisión y evitar desgastes o confusión en su lectura.
    2 En este listado, el masculino utilizado en los sustantivos debe entenderse como incluyente de todos los géneros, mismos que no se utilizan para salvaguardar la concisión y evitar desgastes o confusión en su lectura.

    1. a)  Multiaduanasesunaempresafamiliarquederivasuvalor,entreotrascosas, precisamente de la relación entre los dos socios, que son padre e hijo. Respecto de ellos dos, por tanto, no es aplicable ninguna de las normas relativas a Relaciones Personales Cercanas.

    2. b)  En Multiaduanas todas las actividades se realizan con integridad y ética profesional, anteponiendo siempre los intereses de la empresa por encima de cualquier interés personal, tomando decisiones con base en razones objetivas, evitando Conflictos y/o la obtención de Beneficios Personales Indebidos.

    3. c)  MultiaduanasestádecididoamitigarcualquierConflicto,actualopotencial, real o aparente, surgido como consecuencia de:

      1. La existencia de Relaciones Comerciales y/o Relaciones Personales Cercanas y/o Relaciones Informales de Pareja entre las Personas Colaboradoras, por un lado, y Clientes, Socios Comerciales y/o terceras, por la otra.

      2. La existencia de Relaciones Personales Cercanas o de Relaciones Informales de Pareja entre las Personas Colaboradoras.

      3. Lasupervisióndirectadepersonasfamiliares.

    4. d)  LasPersonasColaboradorastienenprohibido:

      a. Enmateriacomercial:

      1. Autorizar un contrato o transacción con cualquier persona con la que tengan una Relación Comercial, una Relación Personal Cercana, o una Relación Informal de Pareja.

        En caso de que, por razones de organigrama aprobados por la Gerencia General, sea imposible evitar la situación referida en este inciso, el o la supervisor(a) jerárquico de la Persona Colaboradora deberá dar su visto bueno respecto de cada contrato o transacción.

      2. Supervisar la autorización de un contrato o transacción entre Multiaduanas y cualquier persona con la que el supervisor tenga

    una Relación Comercial, una Relación Personal Cercana o una Relación Informal de Pareja.

    En caso de que, por razones de organigrama aprobados por la Gerencia General, sea imposible evitar la situación referida en este inciso, el o la supervisor(a) jerárquico del supervisor deberá dar su visto bueno respecto de cada contrato o transacción.

    1. Dar, prometer, recibir o autorizar regalos, pagos o favores que puedan comprometer la imparcialidad de sus decisiones.

    2. Tener intereses o inversiones que les permitan tener una influencia en negocios competidores.

    3. Participar en actividades comerciales de negocios competidores.

    b. Enmateriapersonal:

    1. Participar directamente en la contratación, promoción o evaluación de cualquier persona con la que se tenga una Relación Personal Cercana y/o una Relación Informal de Pareja.

    2. Interceder o satisfacer requerimientos de superiores, subalternos, compañeros de trabajo, familiares o amistades, si con ello se perjudica a Multiaduanas.

    5. CalificacióndelConflictoyConsecuencias

    a) En materia comercial, los contratos o transacciones que enseguida se identifican implicarían un Conflicto:

    1. Contratos o transacciones entre Multiaduanas y una o más Personas Colaboradoras.

    2. Contratos o transacciones entre Multiaduanas y cualquier Socio Comercial o tercero, cuando alguna Persona Colaboradora tenga alguna Relación Comercial con dicha Socio Comercial o tercero.

    c. Contratos o transacciones entre Multiaduanas y cualquier Socio Comercial o tercero, cuando alguna Persona Colaboradora tengan una Relación Personal Cercana con alguna persona directora, empleada o funcionaria de dicha Socio Comercial o tercero.

    Sin embargo, tales contratos o transacciones no serán inválidos únicamente por actualizarse alguna de esas hipótesis, o únicamente porque la Persona Colaboradora relevante esté presente o participe en cualquier reunión que autorice el contrato o transacción, o únicamente porque sus votos sean contados para tal fin, siempre y cuando:

    1. Los hechos materiales de los que deriva el Conflicto se revelen a la Gerencial General y ésta autorice de buena fe el contrato o transacción; o

    2. El contrato o transacción es considerado justo y/o correcto por la Gerencia General en el momento en que, a posteriori, se autoriza, aprueba o ratifica.

    La Gerencia General debe estar exenta, por sí misma, de cualquier Conflicto relacionado con dicho contrato o transacción. De no ser así, debe excusarse y referir el caso, sin demora, al socio de Multiaduanas que esté exento de Conflicto.

    La autorización previa o posterior debe quedar documentada.

    El incumplimiento de parte de las Personas Colaboradoras de revelar la existencia de un Conflicto en los casos previstos en esta sección puede dar lugar a sanciones disciplinarias.

    b) Tratándose de relaciones personales, los siguientes casos implicarían un Conflicto:

    a. Relaciones Personales Cercanas o Relaciones Informales de Pareja entre Personas Colaboradoras, cuando:

    i. Una parte tenga autoridad jerárquica sobre la otra.

    ii. Ambas partes trabajen en la misma área o equipo.
    iii. Se pueda afectar la imagen, la productividad o el ambiente

    laboral.

    b. Lasupervisiónordinariaydirectadepersonasfamiliares,quenohaya sido previa y expresamente autorizada por Multiaduanas.

    En el caso de la Gerencia General, esa autorización deberá provenir del socio que no ocupa el cargo de Gerente General. En todo caso, se levantará y conservará constancia de la autorización.

    En estos casos, Multiaduanas realizará un esfuerzo razonable para reasignar a alguna de las dos Personas Colaboradoras a otro puesto, pero no puede garantizarlo.

    De no ser posible la reubicación, y salvo autorización expresa de la Gerencia General, alguna de las dos Personas Colaboradoras deberá renunciar en un plazo no mayor a 30 días naturales a partir de que (i) comenzó la Relación Personal Cercana o la Relación Informal de Pareja o (ii) se hizo del conocimiento de la empresa, lo que ocurra primero.

    El incumplimiento de parte de las Personas Colaboradoras de revelar la existencia del Conflicto en los casos previstos en esta sección puede dar lugar a sanciones disciplinarias.

    6. RevelacióndeConflictoaCargoPropio.

    En términos de la Sección 5 de esta Política, las Personas Colaboradoras y los Socios Comerciales tienen la obligación ética ineludible de revelar a su superior jerárquico y/o a la Gerencia General y/o al socio que no ocupa el cargo de Gerente General, cuando a su juicio exista un Conflicto, actual o potencial, real o aparente, a cargo suyo.

    7. ComunicaciónporIncumplimiento

    Cuando se trate de un Conflicto a cargo de terceros, actual o potencial, real o aparente, todas las Personas Colaboradoras y los Socios Comerciales tienen la obligación ética ineludible de informarlo por medio del canal digital de denuncias (etica-multiaduanas@buzonseguro.org o al buzón www.buzonseguro.org), en los

    términos y con las salvaguardas garantizadas en la Política de Articulación para el Cumplimiento de Multiaduanas.

    8. FirmadeCompromiso

    Todas las Personas Colaboradoras deberán firmar electrónicamente este instrumento. Su firma equivale a su expresa aceptación de haberlo leído y comprender sus disposiciones, así como de su compromiso de actuar conforme a ellas.

    9. Formación

    El contenido de la presente Política de Conflictos de Interés será difundido mediante sesiones de formación periódicas presenciales o virtuales.

    10. Supervisión

    La supervisión operativa de esta Política de Conflictos de Interés estará a cargo de cualquier persona que tenga entre sus funciones supervisar a otra y que, por motivo de ellas, le resulte aplicable.

    El cumplimiento de la Política de Conflictos de Interés será supervisado, en última instancia, por la Gerencia General de la empresa, conforme al régimen disciplinario interno y, en su caso, se dará vista a las autoridades competentes.

    En caso de que en el Conflicto esté involucrada la Gerencia General, el cumplimiento de esta Política estará a cargo de la Asamblea de Socios, órgano que realizará los ajustes que convenga para aislar a la Gerencia General de las discusiones correspondientes.

    En caso de que en el Conflicto esté involucrado alguien perteneciente a la Asamblea de Socios, el cumplimiento de esta Política estará a cargo del resto de miembros de dicho órgano, mismo que realizará los ajustes que convenga para aislar a la persona involucrada de las discusiones correspondientes.

    11. Revisión y Mejora Continua

    Esta Política será revisada anualmente o cuando ocurran cambios normativos, operativos o tecnológicos relevantes. Las actualizaciones serán aprobadas por las mismas autoridades internas que aprobaron la presente versión de la Política.

    12. Aprobación por la Gerencia General y la Asamblea de Socios de Multiaduanas

    La presente Política de Conflictos de Interés fue aprobada por la Gerencia General el día 12 de diciembre de 2025.

    Además, fue expresamente aprobado por la Asamblea de Socios de Multiaduanas con fecha 12 de diciembre de 2025.

  • Versión: 1.1
    Fecha de entrada en vigor: 15 de diciembre de 2025

    La presente Política de Licitud de Mercancías establece las reglas y procedimientos que se siguen para garantizar que las mercancías movilizadas a través de los servicios de Multiaduanas Agentes Aduanales, S. de R.L. de C.V., y/o de Desaduanamiento Libre, S. de R.L. de C.V. (en adelante y en conjunto, “Multiaduanas”) sean lícitas, con base en los principios de integridad y razonabilidad.

    2. Ámbito de Aplicación

    Esta Política de Licitud de Mercancías se dirige a:

    1. a)  Todas las personas colaboradoras, directivas, consejeras, socias y representantes legales de Multiaduanas (en adelante, las “Personas Colaboradoras”).

    2. b)  Todos los socios comerciales de Multiaduanas, entendiéndose por ello cualquier persona o entidad, pública o privada, con la que Multiaduanas se alinee o asocie formal o informalmente para realizar negocios, dentro del giro comercial de Multiaduanas. Algunos ejemplos incluyen proveedores, contratistas, asesores y otros terceros que actúen en nombre de la empresa o con quienes se mantienen relaciones comerciales (en adelante, los “Socios Comerciales”)1.

    En suma, cualquier persona que represente el nombre de Multiaduanas o trabaje con o para Multiaduanas, estará sujeta a la operación de la Política de Licitud de Mercancías.

    1 En esta política, el masculino utilizado en los sustantivos (e.g., socio, cliente o proveedor) debe entenderse como incluyente de todos los géneros, mismos que no se utilizan para salvaguardar la concisión y evitar desgastes o confusión en su lectura.

    Además, esta Política debe ser aceptada por las personas que contratan los servicios de Multiaduanas (en adelante, los “Clientes”), por lo que corresponde a la(s) relación(es) comercial(es) concretas y específicas que existan entre ambas partes.

    3. Modelo de Negocio y Compromiso Fundamental

    Multiaduanas es un operador o intermediario logístico para la importación hacia México y exportación desde México de todo tipo de mercancías. Es decir, es una empresa intermediaria de servicios logísticos y de comercio exterior.

    El modelo de negocio de Multiaduanas implica que la empresa no participa en forma alguna en el empaque, recolección, transportación o entrega de las mercancías. Ni Multiaduanas ni sus Personas Colaboradoras tienen acceso o contacto físico alguno, jamás, con las mercancías movilizadas.

    Dicho modelo de negocios es legal, lícito y usual en el mercado relevante. Pero, además, en la ejecución de sus actividades, Multiaduanas se empeña en cumplir a cabalidad con toda la normatividad (comercial, administrativa, civil, sanitaria, penal, etc.) que resulte aplicable, empezando por la que determina la licitud misma de las mercancías movilizadas.

    Multiaduanas también hace sus mejores y mayores esfuerzos, dentro de lo que es humana y técnicamente posible, para que sus Socios Comerciales y sus Clientes actúen de la misma forma, en términos de esta Política.

    4. Mercancías Ilícitas

    Multiaduanas prohíbe terminantemente que sus servicios sean utilizados para transportar mercancías ilícitas. Por tal motivo, Multiaduanas no realiza operaciones de intermediación para la importación o exportación respecto de los siguientes bienes:

    a) Respecto de las armas de fuego:
    a. Pistolas, rifles, ametralladoras o cualquiera otra similar.

    b. Municiones.
    c. Explosivos.
    d. Pistolas de aire comprimido.
    e. Réplicas o imitaciones de armas de fuego o municiones.

    f. Cualquier otro objeto similar.

    b) Respecto a la fauna:
    a. Animales vivos o muertos que no sean destinados al consumo humano. b. Trofeos de caza, partes de animales como el marfil y las aletas de tiburón.

    c) Respecto de las drogas ilícitas:

    1. Narcóticos, incluyendo todo tipo de estupefacientes, psicotrópicos y

      demás sustancias o vegetales identificadas por la Ley General de Salud, los convenios y tratados internacionales de observancia obligatoria en México y los que señalen las demás disposiciones legales aplicables en la materia.

    2. Cualquier estimulante, depresivo o alucinógeno.

    Con relación a la importación o exportación de otras mercancías cuya transportación requiere permisos especiales, Multiaduanas se asegura de que se cuenten con ellos antes de coordinar su movilización. Por ejemplo, agroquímicos en general, materia prima para medicamentos de patente, equipos médicos, etc.

    5. Procedimiento General de Confirmación de Licitud de la Mercancía

    Puesto que Multiaduanas no tiene contacto físico alguno con las mercancías movilizadas, ha adoptado el siguiente procedimiento para verificar, tanto cuanto su modelo de negocios lo permite, que las mercancías declaradas son lícitas y que, además, se corresponden con las que son efectivamente movilizadas:

    1. a)  Envío de evidencia fotográfica de la mercancía por parte de los Clientes.

    2. b)  Envío de evidencia fotográfica de la. mercancía, por parte de las transportistas subcontratadas, en los siguientes momentos:

      a. Durante el embarque al medio de transporte.
      b. Durante el desembarque del medio de transporte.

      c. Durante la entrega al consignatario.

      3.c)  Firma y envío de Declaraciones de Integridad, por parte de los Clientes, en términos de la Cláusula 9 de esta Política, por cada operación de importación o exportación para la que Multiaduanas sea contratada.

    6. ProcedimientoReforzadodeConfirmacióndeLicituddelaMercancía

    En adición a lo dispuesto en la cláusula precedente, Multiaduanas dispone la realización del procedimiento conocido en la industria como el “previo” para los siguientes casos: (i) operaciones de exportación en las que se utiliza la identidad fiscal de Multiaduanas2; (ii) operaciones de importación en las que se usa el registro de Multiaduanas ante el Padrón General de Importadores; y (iii) operaciones en las que los Clientes sean personas físicas.

    El “previo” incluye, al menos, lo siguiente:

    a) Inspecciónfísicadelamercancíamisma.
    b) Toma de fotografías de la mercancía, antes de su carga al primer medio de

    transporte, incluyendo:
    a. Fotografíasdelamercancíaantesdeserempacada.
    b. Fotografías de las cajas o pallets en que se contiene la mercancía ya

    empacada.
    c) Generacióndereporte.

    Dicho procedimiento se realiza por empresas especializadas para ello, subcontratadas, al efecto, por Multiaduanas, o por personal propio de Multiaduanas.

    La verificación física podrá ocurrir en el punto de origen o en cualquier momento de la movilización de las mercancías, a fin de no generar patrones operativos que puedan ser identificados e indebidamente aprovechados por terceras personas, para utilizar los servicios coordinados por Multiaduanas con fines ilícitos.

    7. PersonasFísicas

    Por regla general, Multiaduanas no brinda servicios a personas físicas.

    Sólo en casos excepcionales, siempre que se cumpla con lo dispuesto con el procedimiento especial de revisión contenido en la Cláusula 6, y después de haber conducido un ejercicio de debida diligencia reforzada, en términos de la Cláusula 8, y se hubieren firmado un contrato de operación logística y una Declaración de Integridad

    2 Así como, en su caso, el registro de Multiaduanas ante el Padrón de Exportadores Sectorial. Por parte del Cliente, se permitirá lo contrario. En tales casos, la Gerencia General documentará las razones específicas que motivaron la decisión.

    En ningún caso se permitirá la utilización del nombre de Multiaduanas como empresa exportadora o importadora de las mercancías correspondientes.

    8. ConocimientodelosClientesySociosComerciales

    Antes de establecer relaciones con un nuevo Cliente o Socio Comercial, las Personas Colaboradoras deberán llevar a cabo una evaluación de su integridad y cumplimiento con los estándares de Multiaduanas, en particular, su rechazo absoluto a la importación, exportación y/o transportación de mercancías ilícitas, lo que implica solicitar los datos que permitan conocer directamente a los Clientes, evaluar su perfil y, en su caso, la integración corporativa de los Clientes o Socios Comerciales potenciales.

    Entre otras cuestiones, se pedirá identificación oficial de las representantes legales o apoderadas, comprobantes de domicilio, medios efectivos de contacto, cumplimiento de obligaciones fiscales, etc.

    El proceso se realizará igualmente para todos los Socios Comerciales existentes al momento de la entrada en vigor de esta Política.

    Respecto de los Socios Comerciales con quienes se mantiene una relación de largo plazo, el proceso se repetirá al menos cada año, y se dejará constancia documental de ello, a través de los formatos y directrices que Multiaduanas ha desarrollado para tales propósitos.

    Debida Diligencia Reforzada para Personas Físicas

    En los casos excepcionales en que se decida prestar servicios a Clientes personas físicas, además, se realizará una inspección presencial de los domicilios personal y/o profesional de forma previa.

    Multiaduanas confirmará o declinará la prestación de los servicios con base en la información obtenida durante la inspección física y/o la revisión de los documentos del potencial Cliente.

    9. ContratosyDeclaraciones

    Todos los contratos y acuerdos de Multiaduanas con terceros incluirán cláusulas por las que las partes se comprometan a no realizar operaciones de exportación o importación de mercancías ilícitas, disponiéndose que la violación de alguno de los estándares contenidos en esta Política será causa justificada para su rescisión inmediata y el pago de daños y perjuicios, incluyendo aquellos de índole civil y penal, en favor de Multiaduanas y de cualquier tercero perjudicado.

    Todos los Clientes y Socios Comerciales deberán firmar una Declaración de Integridad que incluya su compromiso en contra de la importación o exportación de mercancías ilícitas.

    10. Validación Electrónica de la Voluntad

    A fin de dotar de seguridad jurídica a las operaciones celebradas por vía electrónica, la empresa utiliza sistemas de validación digital (e.g., Docusign) para validar la veracidad de la voluntad de las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales.

    Todos los contratos y declaraciones de compromiso con el cumplimiento ético y legal, se firman por ese conducto.

    11. Comunicación por Incumplimiento

    Las Personas Colaboradoras y las Socios Comerciales tienen la obligación ética ineludible de informar sobre cualquier actividad, conducta, situación o incidente de la que tengan noticia y que implique o pueda implicar que las mercancías movilizadas, o que se pretende movilizar, a través de los servicios de Multiaduanas, sean lícitas.

    Ello, por medio del canal digital de denuncias (etica-multiaduanas@buzonseguro.org o al buzón www.buzonseguro.org), en los términos y con las salvaguardas garantizadas en la Política de Articulación para el Cumplimiento de Multiaduanas.

    12. Firma de Compromiso

    Todas las Personas Colaboradoras deberán firmar electrónicamente este instrumento. Su firma equivale a su expresa aceptación de haberlo leído y comprender sus disposiciones, así como de su compromiso de actuar conforme a ellas.

    13. Formación

    El contenido de la presente Política se difunde mediante sesiones de formación periódicas presenciales o virtuales.

    14. Supervisión

    La supervisión operativa de esta Política estará a cargo de cualquier persona que tenga entre sus funciones supervisar a otra y que, por motivo de ellas, le resulte aplicable.

    El cumplimiento de esta Política será supervisado, en última instancia, por la Gerencia General, y en caso de la existencia potencial o actual de alguna mercancía ilícita, se procederá a la inmediata adopción de sanciones (despido justificado, rescisión sin responsabilidad de los contratos correspondientes, etc.) así como al aviso a las autoridades competentes, también inmediato.

    En caso de que en los hechos esté involucrada la Gerencia General, el cumplimiento de esta Política estará a cargo de la Asamblea de Socios, órgano que realizará los ajustes que convenga para aislar a la Gerencia General de las discusiones correspondientes.

    En caso de que en los hechos esté involucrado alguien perteneciente a la Asamblea de Socios, el cumplimiento de esta Política estará a cargo del resto de miembros de dicho órgano, mismo que realizará los ajustes que convenga para aislar a la persona involucrada de las discusiones correspondientes.

    15. Revisión y Mejora Continua

    La Política de Licitud de Mercancías será revisada al menos anualmente, y modificada en cualquier momento por cambios normativos, operativos o tecnológicos relevantes. En tal caso, se hará de conocimiento de todas las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales mediante su publicación en la página de internet de la empresa (https://multiaduanas.com.mx/), que siempre desplegará la versión más actualizada.

    Las actualizaciones serán aprobadas por las mismas autoridades internas que aprobaron la presente versión de la Política.

    16. Aprobación por la Gerencia General y la Asamblea de Socios de Multiaduanas

    La presente Política de Licitud de Mercancías fue aprobada por la Gerencia General el día 12 de diciembre de 2025.

    Además, fue expresamente aprobada por la Asamblea de Socios de Multiaduanas con fecha 12 de diciembre de 2025.

  • Versión: 1.1
    Fecha de entrada en vigor: 15 de diciembre de 2025

    La Política de Licitud y Transparencia Financieras (en adelante, por su nombre, o simplemente la “Política”) documenta los lineamientos seguidos por Multiaduanas Agentes Aduanales, S. de R.L. de C.V., y por Desaduanamiento Libre, S. de R.L. de C.V. (en adelante y en conjunto, “Multiaduanas”) para apuntalar la transparencia financiera y evitar incurrir en actos de lavado de dinero o de apoyo al terrorismo.

    Ello, en cumplimiento del Código de Conducta Ética de Multiaduanas, del Código Penal Federal y sus equivalentes estatales, así como de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y de las leyes de Inmigración y Nacionalidad y de Autorización para las Relaciones Internacionales de los Estados Unidos de América.

    2. ÁmbitodeAplicación

    Esta Política debe cumplirse por:

    1. a)  Todas las personas colaboradoras, directivas, consejeras, socias y representantes legales de Multiaduanas (en adelante, las “Personas Colaboradoras”).

    2. b)  Todos los socios comerciales de Multiaduanas, entendiéndose por ello cualquier persona o entidad, pública o privada, con la que Multiaduanas se alinee o asocie formal o informalmente para realizar negocios, dentro del giro comercial de la empresa. Algunos ejemplos incluyen proveedores, contratistas, asesores y otros terceros que actúen en nombre de la empresa o con quienes se mantienen relaciones comerciales (en adelante, los “Socios Comerciales”)1.

    1 En esta política, el masculino utilizado en los sustantivos (e.g., socio, cliente o proveedor) debe entenderse como incluyente de todos los géneros, mismos que no se utilizan para salvaguardar la concisión y evitar desgastes o confusión en su lectura.

    En suma, cualquier persona que represente el nombre de Multiaduanas o trabaje con o para la empresa, estará sujeta a la operación de esta Política de Licitud y Transparencia Financieras.

    Además, esta Política debe ser aceptada por las personas que contratan los servicios de Multiaduanas (en adelante, los “Clientes”), en lo que resulte aplicable a la(s) relación(es) comercial(es) concretas y específicas que existan entre ambas partes.

    3. Definiciones

    Para efectos de esta Política:

    1. a)  “Acto Sospechoso”, significa cualquier transacción o actividad que resulte sospechosa o inusual y que pudiera indicar posibles casos de Lavado de Dinero o de Apoyo al Terrorismo.

    2. b)  “Apoyo al Terrorismo” significa proveer fondos o apoyo financiero o de otra índole2, directa o indirectamente, a individuos, grupos o entidades involucradas en actividades terroristas. Ello, con independencia de la finalidad perseguida al realizar tales actividades.

    3. c)  “Lavado de Dinero” significa el proceso mediante el cual se pretende dar apariencia de legalidad a fondos obtenidos de manera ilícita, ocultando o disimulando su origen.

    4. d)  “LicitudFinanciera”significaapegoirrestrictoalasleyesydemásregulaciones aplicables a Multiaduanas en materia contable, financiera y fiscal.

    5. e)  “Transparencia Financiera” significa claridad en las operaciones de valor económico, sin ambigüedades ni ocultamiento de orígenes o destinos.

    4. DeclaraciónFundamental

    2 Lo que incluye cualquier bien, tangible o intangible, o cualquier servicio, incluidos moneda o instrumentos monetarios o valores financieros, servicios financieros, alojamiento, capacitación, asesoría o asistencia especializada, casas de seguridad, documentación o identificación falsa, equipos de comunicación, instalaciones, armas, sustancias letales, explosivos, personal (una o más personas, incluida la propia), y transporte.

    Multiaduanas está comprometido con la Transparencia y la Licitud Financieras y, por tanto, rechaza el Lavado de Dinero y el Apoyo al Terrorismo, en todos los aspectos de sus operaciones comerciales.

    Además, Multiaduanas propicia que todas las actividades e interacciones comerciales se lleven a cabo con honestidad, transparencia e integridad y prohíbe cualquier forma de Apoyo al Terrorismo y de Lavado de Dinero, así como todo acto pueda ser percibido como un intento de hacer una u otra cosa, en sus relaciones comerciales.

    5. CeroManejodeEfectivo

    Multiaduanas prohíbe la utilización del efectivo como forma de pago de sus servicios. En todos los casos, se utilizará transferencia electrónica a través de instituciones bancarias debidamente autorizadas.

    6. DebidaDiligencia

    Antes de establecer relaciones con un nuevo Cliente o Socio Comercial, las Personas Colaboradoras deberán llevar a cabo una evaluación de su integridad y cumplimiento con los estándares de ética y transparencia de Multiaduanas, entre los que destacan los principios para combatir el Lavado de Dinero y el Apoyo al Terrorismo, lo que implica solicitar los datos que permitan evaluar el historial y en su caso la integración corporativa de los Clientes o Socios Comerciales potenciales.

    El proceso se realizará igualmente para todos los Socios Comerciales existentes al momento de la entrada en vigor de esta Política.

    Respecto de los Socios Comerciales con quienes se mantiene una relación de largo plazo, el proceso se repetirá al menos cada dos años, y se dejará constancia documental de ello, a través de los formatos y directrices que Multiaduanas ha desarrollado para tales propósitos.

    7. ContratosyDeclaraciones

    Todos los contratos y acuerdos de Multiaduanas con terceros incluirán cláusulas antilavado y antiterrorismo, disponiéndose que la violación de alguno de los estándares contenidos en esta Política será causa justificada para su rescisión inmediata y el pago de daños y perjuicios, incluyendo aquellos de índole civil y penal, en favor de Multiaduanas y de cualquier tercero perjudicado.

    Todos los Clientes y Socios Comerciales deberán firmar una Declaración de una Declaración de Integridad que incluya su compromiso con la Transparencia y Licitud Financieras y el combate al Lavado de Dinero y al Apoyo al Terrorismo.

    8. FirmaAnual

    Cada Persona Colaboradora cuyas funciones puedan estar expuestas a la actualización de alguna de las conductas prohibidas por este instrumento, debe firmarlo anualmente, por vía electrónica. Su firma equivale a su expresa afirmación de no estar vinculado o vinculada con actos de Lavado de Dinero o de Apoyo al Terrorismo.

    Las Socios Comerciales deberán firmarla cada dos años, en términos de la cláusula 5 de este instrumento.

    Unas y otras están obligadas, además, a revelar cualquier riesgo al respecto.

    9. ValidaciónElectrónicadelaVoluntad

    A fin de dotar de seguridad jurídica a las operaciones celebradas por vía electrónica, la empresa utiliza sistemas de validación digital (e.g., DocuSign) para validar la veracidad de la voluntad de las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales.

    Todos los contratos y declaraciones de compromiso con el cumplimiento ético y legal, se firman por ese conducto.

    10. Comunicación por Incumplimiento

    Las Personas Colaboradoras y los Socios Comerciales tienen la obligación ética ineludible de informar sobre cualquier actividad, conducta, situación o incidente de la que tengan noticia y que implique o pueda implicar un Acto Sospechoso, actual o potencial, por parte de cualquier Persona Colaboradora de Multiaduanas (sin importar función, antigüedad, rango o jerarquía), Cliente o Socio Comercial.

    Ello, por medio del canal digital de denuncias (etica-multiaduanas@buzonseguro.org o al buzón www.buzonseguro.org), en los términos y con las salvaguardas garantizadas en la Política de Articulación para el Cumplimiento de Multiaduanas.

    11. Formación

    El contenido de la presente Política se difunde mediante sesiones de formación periódicas presenciales o virtuales.

    12. Supervisión

    La supervisión operativa de esta Política de Licitud y Transparencia Financieras estará a cargo de cualquier persona que tenga entre sus funciones supervisar a otra y que, por motivo de ellas, le resulte aplicable.

    El cumplimiento de esta Política será supervisado, en última instancia, por la Gerencia General, conforme al régimen disciplinario interno y, en su caso, se dará vista a las autoridades competentes.

    En caso de que en el Acto Sospechoso esté involucrada la Gerencia General, el cumplimiento de esta Política estará a cargo de la Asamblea de Socios, órgano que realizará los ajustes que convenga para aislar a la Gerencia General de las discusiones correspondientes.

    En caso de que en el Acto Sospechoso esté involucrado alguien perteneciente a la Asamblea de Socios, el cumplimiento de esta Política estará a cargo del resto de miembros de dicho órgano, mismo que realizará los ajustes que convenga para aislar a la persona involucrada de las discusiones correspondientes.

    13. Revisión y Mejora Continua

    Esta Política será revisada al menos anualmente, y modificada en cualquier momento por cambios normativos, operativos o tecnológicos relevantes. En tal caso, se hará de conocimiento de todas las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales mediante su publicación en la página de internet de la empresa (https://multiaduanas.com.mx/), que siempre desplegará la versión más actualizada.

    Las actualizaciones serán aprobadas por las mismas autoridades internas que aprobaron la presente versión de la Política.

    14. Aprobación por la Gerencia General y la Asamblea de Socios de Multiaduanas

    La presente Política de Licitud y Transparencia Financieras fue aprobada por la Gerencia General el día 12 de diciembre de 2025.

    Además, fue expresamente aprobada por la Asamblea de Socios de Multiaduanas con fecha 12 de diciembre de 2025

  • Versión: 1.1
    Fecha de entrada en vigor: 15 de diciembre de 2025

    Esta Política de Privacidad y Protección de Datos Personales (en adelante, la “Política de Privacidad” o la “Política”) establece los lineamientos a los que se ajustan Multiaduanas Agentes Aduanales, S. de R.L. de C.V. (en adelante, “Multiaduanas” o la “Responsable”), para la recolección, uso, almacenamiento, protección, acceso, rectificación, cancelación, oposición y transferencia de datos personales (en adelante, los “Datos Personales”), en cumplimiento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (en adelante, la “LFPDPPP”) y su Reglamento.

    La Política de Privacidad busca garantizar el respeto a la privacidad y la protección de los Datos Personales que cualquier persona física le comparta a Multiaduanas, por cualquier motivo.

    2. ÁmbitodeAplicación

    Esta Política de Cumplimiento se dirige a:

    1. a)  Todas las personas colaboradoras, directivas, consejeras, Socios y representantes legales de Multiaduanas (en adelante, las “Personas Colaboradoras”).

    2. b)  Todos los Socios comerciales de Multiaduanas, entendiéndose por ello cualquier persona o entidad, pública o privada, con la que Multiaduanas se alinee o asocie formal o informalmente para realizar negocios, dentro del giro comercial de la empresa. Algunos ejemplos incluyen proveedores, contratistas, asesores y otros terceros que actúen en nombre de Multiaduanas

    o con quienes mantiene relaciones comerciales (en adelante, los “Socios Comerciales”)1.

    En suma, cualquier persona que represente el nombre de Multiaduanas o trabaje con o para la empresa, estará sujeta a la operación de esta Política de Cumplimiento.

    3. PrincipiosRectoresdelTratamiento

    Multiaduanas se compromete a tratar los Datos Personales conforme a los principios establecidos por la LFPDPPP y su Reglamento:

    • -  Calidad, que significa que Multiaduanas velará porque los datos personales que se traten sean exactos, completos, pertinentes, correctos y actualizados para el cumplimiento de las finalidades previstas en esta esta Política de Privacidad y en los avisos que de ella se derivan.

    • -  Consentimiento, por virtud del cual el tratamiento de datos personales estará sujeto al consentimiento de la persona titular, salvo las excepciones previstas en la ley.

    • -  Finalidad, que implica que el tratamiento de los datos personales se limitará al cumplimiento de las finalidades previstas en esta Política de Privacidad y en los avisos que de ella se derivan.

    • -  Información, por virtud del cual Multiaduanas informará a la persona titular de los datos personales sobre la existencia y características principales del tratamiento a que serán sometidos sus datos personales, a través de los avisos de privacidad.

    • -  Lealtad, que exige de Multiaduanas privilegiar la protección de los intereses de la persona titular y la expectativa razonable de privacidad.

    • -  Licitud, lo que significa que el tratamiento de los datos personales se realizará conforme a las disposiciones legales aplicables y que no contravendrá las disposiciones normativas aplicables en cada caso.

    • -  Proporcionalidad, lo que implica que sólo se tratarán los datos personales que sean necesarios, adecuados y relevantes en relación con las finalidades previstas en esta esta Política de Privacidad y en los avisos que de ella se derivan.

      1 En esta política, el masculino utilizado en los sustantivos (e.g., socio, cliente o proveedor) debe entenderse como incluyente de todos los géneros, mismos que no se utilizan para salvaguardar la concisión y evitar desgastes o confusión en su lectura.

    - Responsabilidad, que exige adoptar las medidas necesarias para garantizar el debido tratamiento de los datos personales.

    4. Categorías de Datos Personales Tratados

    De manera ejemplificativa, y según se desarrolla en los avisos que se desprenden de esta Política, Multiaduanas puede tratar las siguientes categorías de Datos Personales:

    • -  Personas Colaboradoras: datos de identificación, antecedentes laborales, académicos o financieros; además, y sólo cuando sea estrictamente necesario, se podrán tratar datos sensibles como estado de salud o dependientes económicos.

    • -  Clientes y Socios Comerciales: nombre, datos e historial corporativo, datos de contacto, datos fiscales y bancarios, etc.

      5. FinalidadesdelTratamiento

      Los Datos Personales se tratarán únicamente para finalidades específicas y legítimas, en términos de los avisos correspondientes cuyos textos se adjuntan a esta Política y forman parte integrante de la misma, incluyendo:

    • -  Prestación de servicios.

    • -  Facturación y administración.

    • -  Cumplimiento de obligaciones legales.

    • -  Gestión de relaciones laborales y comerciales.

    • -  Protección de las infancias, las mujeres y otros grupos vulnerables; evitación

      del trabajo forzoso, infantil, de transporte de mercancías ilícitas, de operaciones con recursos de procedimiento ilícito y de financiamiento al terrorismo.

    • -  Etc.

    6. Obtención del Consentimiento

    El consentimiento de la persona titular se recabará de manera expresa o tácita, según el tipo de Datos Personales y el medio de recopilación, en términos de los avisos que se desprenden de esta Política de Privacidad, y que son dados a conocer a todas las personas titulares de los derechos correspondientes.

    Ello, salvo en los casos de excepción establecidos en el artículo 9 de la LFPDPPP.

    7. Derechos ARCO y Procedimiento Interno

    La empresa garantiza el derecho de los titulares a acceder, rectificar, cancelar u oponerse al tratamiento de sus datos. Para ello, se establece el siguiente procedimiento:

    • -  Recepción de solicitudes en la dirección electrónica: privacidad@multiaduanas.com.mx

    • -  Revisión de identidad del solicitante.

    • -  Respuesta en un plazo no mayor a 20 días hábiles.

    • -  Ejecución de la acción solicitada dentro de los 15 días hábiles siguientes.

      El referido procedimiento se desarrolla a profundidad en los avisos que se desprenden de esta Política y forman parte de ella.

      8. Transferencia de Datos Personales

      Las transferencias que sean solicitadas por quien tenga legitimación para ello se realizarán en términos generales, y según se profundiza en los avisos que se desprenden de esta Política y forman parte de ella, a las siguientes personas:

    • -  A terceros necesarios para la prestación de los servicios propios de Multiaduanas (por ejemplo, servicios bancarios para el pago de nómina).

    • -  A empresas del mismo grupo corporativo, bajo el mismo esquema de privacidad.

      Todo tercero receptor deberá firmar cláusulas contractuales que aseguren la confidencialidad y seguridad de los datos.

      El consentimiento explícito o tácito para el tratamiento de los Datos Personales se entenderán extendidos a su transferencia, para los propósitos referidos en esta cláusula. Los casos de excepción establecidos en el artículo 36 de la LFPDPPP no requerirán consentimiento alguno.

      9. MedidasdeSeguridad

    Multiaduanas implementará las medidas físicas, administrativas, operativas y/o tecnológicas que sean adecuadas para proteger los Datos Personales, incluyendo:

    • -  Accesos restringidos

    • -  Contraseñas y cifrado de bases de datos

    • -  Capacitación continua al personal

    • -  Remediación en caso de vulneraciones de seguridad

      10. Conservación, Bloqueo y Eliminación de Datos

      Los Datos Personales serán conservados por el tiempo necesario para cumplir con las finalidades del tratamiento, así como con obligaciones legales o contractuales válidamente adquiridas.

      Posteriormente, serán eliminados de manera segura y definitiva, previo bloqueo.

      11. Comunicación por Incumplimiento

      Las Personas Colaboradoras y los Socios Comerciales tienen la obligación ética ineludible de informar sobre cualquier actividad, conducta, situación o incidente de la que tengan noticia y que implique o pueda implicar una violación directa o indirecta, potencial o actual, de cualquiera de las normas incluidas en esta Política, por parte de cualquier Persona Colaboradora de Multiaduanas (sin importar función, antigüedad, rango o jerarquía), Cliente o Socio Comercial.

      Ello, por medio del canal digital de denuncias (etica-multiaduanas@buzonseguro.org o al buzón www.buzonseguro.org), en los términos y con las salvaguardas garantizadas en la Política de Articulación para el Cumplimiento de Multiaduanas.

      12. Formación

      El contenido de la presente Política se difunde mediante sesiones de formación periódicas presenciales o virtuales.

      13. Supervisión

    La supervisión operativa de esta Política de Privacidad estará a cargo del Departamento Administración & Contabilidad, que también se encargará de atender las solicitudes de las personas titulares de los derechos y de las autoridades.

    El cumplimiento de la Política de Privacidad será supervisado, en última instancia, por la Gerencia General de la empresa.

    14. Revisión y Mejora Continua

    La Política de Privacidad será revisada al menos anualmente, y modificada en cualquier momento por cambios normativos, operativos o tecnológicos relevantes. En tal caso, se hará de conocimiento de todas las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales mediante su publicación en la página de internet de la empresa (https://multiaduanas.com.mx/), que siempre desplegará la versión más actualizada.

    Las actualizaciones serán aprobadas por las mismas autoridades internas que aprobaron la presente versión de la Política.

    15. Aprobación por la Gerencia General y la Asamblea de Socios de Multiaduanas

    La presente Política de Privacidad fue aprobada por la Gerencia General el día 12 de diciembre de 2025.

    Además, fue expresamente aprobada por la Asamblea de Socios de Multiaduanas con fecha 12 de diciembre de 2025.

  • Actualizado al 15 de diciembre de 2025

    1. Identidad y Domicilio del Responsable

    La entidad responsable del tratamiento de los datos es Multiaduanas Agentes Aduanales, S.A. de C.V., y/o de Desaduanamiento Libre, S. de R.L. de C.V. (en adelante y en conjunto, “Multiaduanas” o la “Responsable”).

    El domicilio de la Responsable se ubica en Avenida Miguel Hidalgo y Costilla #2316, Col. Arcos Vallarta, C.P. 44130, Guadalajara, Jalisco, México.

    2. Identificación de las Personas Titulares

    El presente aviso se refiere a las personas públicas y privadas que contratan los servicios de Multiaduanas (en adelante, sus “Clientes”), así como a aquellas con las que Multiaduanas se alinee o asocie formal o informalmente para realizar negocios, dentro del giro comercial de la empresa. Algunos ejemplos de estas últimas incluyen proveedores, contratistas, asesores y otros terceros que actúen en nombre de la empresa o con quienes se mantienen relaciones comerciales (en adelante, los “Socios Comerciales”)1.

    3. Cumplimiento del Principio de Información

    El presente aviso materializa la obligación que tiene la Responsable de informar sobre la existencia y características del tratamiento que dará a los datos personales (en adelante, los “Datos Personales”) de las Clientas y Socias Comerciales (en adelante, de manera indistinta, la “Titular”) de Multiaduanas, en congruencia con su Política de Privacidad y Protección de Datos Personales (en adelante, la “Política de Privacidad”), conforme a lo establecido por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en

    1 En este aviso, el masculino utilizado en los sustantivos (e.g., socio o cliente) debe entenderse como incluyente de todos los géneros, mismos que no se utilizan para salvaguardar la concisión y evitar desgastes o confusión en su lectura.

    Posesión de los Particulares (en adelante, la “LFPDPPP”), su Reglamento (en adelante, el “RLFPDPPP”), los Lineamientos del Aviso de Privacidad (en adelante, los “Lineamientos”) y demás normatividad secundaria vigente, con el propósito de garantizar la privacidad y el ejercicio del derecho a la autodeterminación informativa y protección de los Datos Personales.

    4. Previo Aviso

    Multiaduanas pone a disposición de la Titular el presente aviso de privacidad (el “Aviso de Privacidad”) previo a la obtención de los Datos Personales.

    5. Declaración de Privacidad y Respeto a los Principios

    Multiaduanas reconoce la importancia de salvaguardar la privacidad y seguridad de los Datos Personales, y se compromete a ello por medio de los más altos estándares de seguridad legal, física, administrativa, operativa y tecnológica.

    En la recolección, esporádica o sistemática, directa o indirecta, y en el tratamiento de los Datos Personales, Multiaduanas respeta de manera irrestricta los principios legales de calidad, consentimiento, finalidad, información, lealtad, licitud, proporcionalidad y responsabilidad.

    6. Medios de Captación de los Datos Personales

    Multiaduanas capta los Datos Personales de la siguiente manera:

    a) De forma directa, cuando es proporcionada por la propia Titular verbalmente, por escrito o a través de medios electrónicos o de telecomunicación.

    b) De forma indirecta:

    1. Cuando es proporcionada por una autoridad en ejercicio legítimo de sus facultades.

    2. Cuando otras personas físicas o morales la comparten con la Responsable a solicitud de la Titular.

    3. Cuando se obtiene a través de fuentes de acceso público permitidas por la LFPDPPP.

    7. Datos Personales del Titular que serán Sometidos a Tratamiento

    En términos generales, la Responsable tratará los Datos Personales incluidos en las siguientes categorías:

    a) DatosPersonalesNoSensibles
    Los datos personales no sensibles, incluyen, entre otros, los siguientes:

    a. De personas físicas:

    1. Nombre y apellidos.

    2. Fecha y lugar de nacimiento.

    3. Domicilio vigente.

    4. Datos y medios de contacto físico, telefónico y electrónico.

    5. Estado civil.

    6. Nacionalidad.

    7. Ocupación o profesión.

    8. Identificación oficial.

    9. Clave Única de Registro de Población.

    10. Pasaporte, visa y/o documento migratorio correspondiente.

    11. Firma.

    b. De personas morales:

    1. Razón o denominación social.

    2. Datos corporativos.

    3. Historial corporativo.

    4. Datos relevantes del historial corporativo y sobre la existencia de

      Beneficiario Controlador cuando sea necesario o conveniente para cumplir con las disposiciones legales en materia de operaciones con recursos de procedencia ilícita o de terrorismo.

    5. Lo indicado en la sección precedente en relación con sus representantes legales.

    c. En ambos casos:

    1. Domicilios vigentes.

    2. Datos y medios de contacto físico, telefónico y electrónico.

    3. Datos fiscales.

    4. Datos bancarios.

    v. Etc.


    b) Datos Personales Sensibles

    Los datos personales sensibles, podrían incluir, entre otros, los siguientes:

    a. Huella dactilar o digital.
    b. Referencias comerciales o laborales.

    c. Identidad de género.
    d. Etc.

    8. Finalidades del Tratamiento de Datos

    Los datos serán solamente tratados conforme a las siguientes dos finalidades:

    b) Finalidades primarias:

    Los Datos Personales serán tratados para los objetivos propios de la relación comercial entre la Responsable y la Titular. Entre otras cuestiones, ello incluye lo siguiente:

    a. Con relación a las Clientas:

    1. Emisión de facturas.

    2. Identificación y atención de las Clientas, incluyendo:
      1. Provisión de servicios específicos solicitados por las

      Clientas.
      2. Creación de bases de datos para seguimiento.

    3. Mercadotecnia:
      1. Segmentación de lasClientas.
      2. Comunicación sobre servicios y productos.

    b. Con relación a las Socias Comerciales:

    1. Generación de todo tipo de documentos contractuales.

    2. Creación de bases de datos para seguimiento.

    3. Comunicación sobre servicios y productos.

    c. Engeneral:
    i. Comunicación oficial sobre la adopción de nuevas políticas

    internas o de cambios regulatorios que impacten la relación comercial.

    1. Envío de informes relevantes de manera oportuna, precisa y personal.

    2. Captura, clasificación y respuesta a dudas o comentarios.

    3. Cualquier finalidad similar o análoga a las previamente

      identificadas.

    c) Finalidades secundarias:

    De manera adicional, la Responsable tratará los datos para impulsar una cultura organizacional de excelencia, en la que se adopte una visión de mejora constante, bajo los más altos estándares de calidad técnica y humana, en las relaciones entre la Titular, la Responsable y las personas que con esta última colaboran.

    9. AlmacenamientoyTransferencia

    Los Datos Personales se almacenarán en la base de datos correspondiente2, y podrán ser compartidos o transferidos en los siguientes supuestos:

    a) Con las autoridades locales, estatales y federales competentes, en cumplimiento de los legítimos requerimientos formulados por ellas.

    b) Con empresas del mismo grupo corporativo, bajo el mismo esquema de privacidad.

    10. Departamento Responsable y Ejercicio de Derechos

    El Departamento de Administración & Contabilidad será responsable de la protección de los Datos Personales.

    Dicho departamento dará trámite a las solicitudes que se presenten para el ejercicio de los derechos de la Titular, y recibirá, asimismo, cualquier aclaración, comentario, queja o inconformidad relativa a este Aviso de Privacidad y a la Política de Privacidad de la Responsable.

    Las solicitudes se presentarán por escrito, de manera personal en el domicilio de la Responsable, o por medio de (a) mensajería o correo postal a la dirección de la

    2 Cuya creación obedecerá exclusiva, estricta y específicamente para los fines lícitos y legítimos establecidos explícitamente en este Aviso de Privacidad.

    Responsable, o (b) correo electrónico a la dirección privacidad@multiaduanas.com.mx.

    11. Consentimiento para el Tratamiento de los Datos Personales

    La Responsable informa a la Titular que al no oponerse expresamente al tratamiento de los Datos Personales, se entiende que ha recibido de la Titular su autorización tácita para dicho tratamiento.

    En todo caso, la firma estampada o ingresada electrónicamente al calce del presente Aviso de Privacidad, o bien, la selección de la casilla electrónica correspondiente cuando el aviso se contenga en plataformas digitales, implicará que la Titular ha leído, entendido y aceptado sus términos, lo que constituye el consentimiento explícito, libre, específico, inequívoco e informado, para el tratamiento de sus Datos Personales.

    En todo caso, los Datos Personales podrán ser tratados y transferidos sin consentimiento de la Titular en los casos expresamente incluidos en los artículos 9 y 36 de la LFPDPPP.

    12. Consentimiento para Fuentes Indirectas

    En caso de que los Datos Personales sean captados de manera indirecta por la Responsable, y ello implique un cambio en las finalidades que, en su caso, la Titular le autorizó a quien compartió la Datos Personales con la Responsable, la Titular contará con 5 cinco días para oponerse al tratamiento de dicha información por parte de la Responsable, sin menoscabo de poder ejercer posteriormente el derecho de oposición contemplado en la LFPDPPP.

    En caso de no oponerse, se entenderá que la Titular otorgó su el consentimiento de manera tácita.

    13. Revocación del Consentimiento para el Tratamiento de Datos Personales

    En todo momento, la Titular podrá revocar el consentimiento otorgado para el tratamiento de los Datos Personales, con excepción de los supuestos establecidos por los artículos 9 y 36 de la LFPDPPP, mediante el envío de la solicitud correspondiente al Departamento de Administración & Contabilidad por escrito, de manera personal en el domicilio de la Responsable, o por medio de (a) mensajería o correo postal a la dirección de la Responsable, o (b) correo electrónico a la dirección privacidad@multiaduanas.com.mx.

    La solicitud debe contener el señalamiento de los Datos Personales respecto de los cuales desea revocar el consentimiento. En un plazo no mayor a 15 días hábiles, contados a partir de la recepción de la solicitud, el Responsable efectuará la revocación de les Datos Personales correspondientes.

    14. Medios y Procedimiento para Ejercer los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (“Derechos ARCO”)

    En todo momento, la Titular puede ejercer los Derechos ARCO, respecto de sus Datos Personales que obren en posesión de la Responsable, mediante el envío de la solicitud correspondiente al Administración & Contabilidad por escrito, de manera personal en el domicilio de la Responsable, o por medio de (a) mensajería o correo postal a la dirección de la Responsable, o (b) correo electrónico a la dirección privacidad@multiaduanas.com.mx.

    La solicitud debe contener la siguiente información y/o documentación:

    1. a)  Nombre de la Titular.

    2. b)  Domicilio y/o correo electrónico para comunicar la res puesta a la solicitud.

    3. c)  Los documentos que acrediten la identidad de la Titular.

    4. d)  La descripción clara y precisa de los Datos Personales respecto de los cuales se busca ejercer alguno de los Derechos ARCO.

    5. e)  Cualquier otro elemento que facilite la identificación de los Datos Personales relevantes para la petición.

    Acceso

    Tratándose de la solicitud de acceso, procederá previa acreditación de la identidad del Titular o representante legal, según corresponda, mediante la expedición de copias simples o documentos electrónicos en poder de la Responsable, de manera gratuita. En caso de documentos físicos, serán puestos a disposición de la Titular en el domicilio de la Responsable, durante un plazo de quince días, para que aquélla disponga su recolección.

    En el caso de que la Titular reitere la solicitud en un periodo menor a doce meses, deberá cubrir los costos correspondientes a la impresión, en caso de que se solicite su entrega en formato físico. Dicho costo no podrá exceder de tres días de la Unidad de Medida y Actualización vigente en la época de la solicitud.

    Rectificación

    Para el caso de la solicitud de rectificación, la Titular deberá indicar la modificación a realizar, así como aportar la documentación que sustente la petición.

    Cancelación y Oposición

    Las solicitudes de cancelación u oposición requieren causa legítima, y procederán en las siguientes dos hipótesis:

    a) Para evitar daños o perjuicios, lo que debe ser justificado.
    b) Cuando el tratamiento sea automatizado y produzca efectos adversos a la

    Titular, con relación a su rendimiento profesional, situación económica, estado de salud, preferencias sexuales, fiabilidad o comportamiento.

    De resultar procedente, la Responsable no podrá tratarlos.

    No procederá el ejercicio del derecho de oposición en aquellos casos en los que el tratamiento sea necesario para el cumplimiento de una obligación legal impuesta al responsable.

    Respuesta

    La Responsable comunicará a la Titular, en un plazo máximo de 20 días hábiles contados desde la fecha en que recibió la solicitud, la determinación adoptada, a efecto de que, si resulta procedente, se haga efectiva la misma dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en la que se le comunica la respuesta.

    La Responsable podrá negar el acceso a los Datos Personales o a realizar la rectificación, la cancelación o a conceder la oposición al tratamiento de los mismos, en los siguientes supuestos:

    1. a)  Cuando el solicitante no sea la Titular o su representación legal no esté debidamente acreditada.

    2. b)  Cuando en la base de datos de la Responsable no se encuentren los Datos Personales.

    3. c)  Cuando se lesionen los derechos de un tercero.

    4. d)  Cuando exista un impedimento legal o la resolución de una autoridad

      competente que restrinja el acceso a los Datos Personales o no permita la

      rectificación, cancelación u oposición de los mismos.

    5. e)  Cuando el acceso, la rectificación, la cancelación o la oposición hubieren sido

      ya realizadas.

    La negativa a que se refiere el párrafo que antecede podrá ser parcial, en cuyo caso la Responsable efectuará el acceso, la rectificación, la cancelación o la oposición requerida por la Titular.

    En los casos antes previstos, la Responsable informará debidamente al motivo de la decisión a la Titular o a su representante legal, en el plazo de 20 veinte días referido arriba, a través del mismo medio en que se llevó a cabo la solicitud.

    En caso de que la Titular se sienta afectada con la resolución que emita la Responsable, tiene disponible la acción de protección de derechos ante las autoridades competentes en materia de Protección de Datos Personales.

    15. Plazo Obligatorio y Forma de Conservación de los Datos Personales

    De conformidad con los artículos 38 del Código de Comercio y 30 del Código Fiscal de la Federación, la Responsable deberá resguardar y garantizar la seguridad de los Datos Personales por al menos diez años, sin perjuicio de lo establecido en otros ordenamientos aplicables.

    Los Datos Personales se encontrarán protegidos por las medidas de seguridad físicas, administrativas, operativas y/o tecnológicas adecuadas contra el daño, pérdida, alteración, destrucción, uso, acceso o tratamiento no autorizados.

    16. Modificaciones al Aviso de Privacidad

    La Responsable se reserva el derecho de actualizar periódicamente el Aviso de Privacidad, por ser necesario o conveniente en función de los avances o modificaciones regulatorios, administrativos, operativos o tecnológicos, o bien, debido a la implementación de nuevas políticas internas para la prestación de los servicios de Multiaduanas.

    Las actualizaciones se harán del conocimiento público a través de la página de internet https://multiaduanas.com.mx/, en su sección de Aviso de Privacidad.

    Fecha: Lugar: Nombre: Firma:

    __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________

  • Actualizado al 15 de diciembre de 2025

    1. Identidad y Domicilio del Responsable

    La entidad responsable del tratamiento de los datos es Multiaduanas Agentes Aduanales, S.A. de C.V., y/o de Desaduanamiento Libre, S. de R.L. de C.V. (en adelante y en conjunto, “Multiaduanas” o la “Responsable”).

    El domicilio de la Responsable se ubica en Avenida Miguel Hidalgo y Costilla #2316, Col. Arcos Vallarta, C.P. 44130, Guadalajara, Jalisco, México.

    1. Identificación de las Personas Titulares

    El presente aviso se refiere a las personas que colaboran con Multiaduanas bajo una relación laboral (en adelante, las “Personas Colaboradoras”).

    2. Cumplimiento del Principio de Información

    El presente aviso materializa la obligación que tiene la Responsable de informar sobre la existencia y características del tratamiento que dará a los datos personales (en adelante, los “Datos Personales”) de las Personas Colaboradoras (en adelante, de manera indistinta, la “Persona Colaboradora” o la “Titular”) de Multiaduanas, en congruencia con su Política de Privacidad y Protección de Datos Personales (en adelante, la “Política de Privacidad”), conforme a lo establecido por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (en adelante, la “LFPDPPP”), su Reglamento (en adelante, el “RLFPDPPP”), los Lineamientos del Aviso de Privacidad (en adelante, los “Lineamientos”) y demás normatividad secundaria vigente, con el propósito de garantizar la privacidad y el ejercicio del derecho a la autodeterminación informativa y protección de los Datos Personales.

    3. Previo Aviso

    Multiaduanas pone a disposición de la Titular el presente aviso de privacidad (el “Aviso de Privacidad”) previo a la obtención de los Datos Personales.

    4. Declaración de Privacidad y Respeto a los Principios

    Multiaduanas reconoce la importancia de salvaguardar la privacidad y seguridad de los Datos Personales, y se compromete a ello por medio de los más altos estándares de seguridad legal, física, administrativa, operativa y tecnológica.

    En la recolección, esporádica o sistemática, directa o indirecta, y en el tratamiento de los Datos Personales, Multiaduanas respeta de manera irrestricta los principios legales de calidad, consentimiento, finalidad, información, lealtad, licitud, proporcionalidad y responsabilidad.

    5. Medios de Captación de los Datos Personales

    Multiaduanas capta los Datos Personales de la siguiente manera:

    a) De forma directa, cuando es proporcionada por la propia Titular verbalmente, por escrito o a través de medios electrónicos o de telecomunicación.

    b) De forma indirecta:

    1. Cuando es proporcionada por una autoridad en ejercicio legítimo de sus facultades.

    2. Cuando otras personas físicas o morales la comparten con la Responsable a solicitud de la Titular.

    3. Cuando se obtiene a través de fuentes de acceso público permitidas por la LFPDPPP.

    6. Datos Personales del Titular que serán Sometidos a Tratamiento

    En términos generales, la Responsable tratará los Datos Personales incluidos en las siguientes categorías:

    a) DatosPersonalesNoSensibles
    Los datos personales no sensibles, incluyen, entre otros, los siguientes:

    1. Nombreyapellidos.

    2. Fechaylugardenacimiento.

    3. Estadocivil.

    4. Nacionalidad.

    5. Domiciliocompleto.

    6. Teléfono particular y/o celular.

    7. Correo electrónico.

    8. Ocupaciónoprofesión.

    9. Identificación oficial.

    10. Firma.

    11. Registro Federal de Contribuyentes.

    12. Clave Única de Registro de Población.

    13. Pasaporte, visa y/o documento migratorio correspondiente.

    14. Número(s)decuenta(s)bancaria(s).

    15. Referenciascomercialesolaborales.

    16. Etc.

    b) DatosPersonalesSensibles
    Los datos personales sensibles podrían incluir, entre otros, los siguientes:

    a. Huelladactilarodigital.
    b. Dependienteseconómicos.
    c. Identidad de género.
    d. Estado de salud o condición médica.

    e. Etc.

    7. Finalidades del Tratamiento de Datos

    Los datos serán tratados conforme a las siguientes dos finalidades: a) Finalidadesprimarias:

    Los Datos Personales serán tratados para los propósitos propios de la relación laboral entre la Responsable y la Persona Colaboradora.

    b) Finalidades secundarias:

    De manera adicional, la Responsable tratará los datos para impulsar una cultura organizacional de excelencia, en la que se adopte una visión de mejora constante, bajo los más altos estándares de calidad técnica y humana, en las relaciones entre la Titular, la Responsable, y las Clientas y/o Socias Comerciales de ésta.

    8. Almacenamiento y Transferencia

    Los Datos Personales se almacenarán en la base de datos correspondiente1, y podrán ser compartidos o transferidos en los siguientes supuestos:

    1. a)  Con las autoridades locales, estatales y federales competentes, en cumplimiento de los legítimos requerimientos formulados por ellas.

    2. b)  Con instituciones financieras a efecto de que se proporcione una cuenta bancaria en donde se depositen sueldos y salarios.

    3. c)  Coninstitucionesdeseguros.

    4. d)  Con empresas del mismo grupo corporativo, bajo el mismo esquema de

      privacidad.

    5. e)  Con Clientas y Socias Comerciales con las que la Titular, por virtud de la

      naturaleza de su giro comercial, deba relacionarse; en este caso, sin embargo, sólo se compartirán los datos de contacto de la Titular.

    9. Departamento Responsable y Ejercicio de Derechos

    El Departamento de Administración & Contabilidad será responsable de la protección de los Datos Personales.

    Dicho departamento dará trámite a las solicitudes que se presenten para el ejercicio de los derechos de la Titular, y recibirá, asimismo, cualquier aclaración, comentario, queja o inconformidad relativa a este Aviso de Privacidad y a la Política de Privacidad de la Responsable.

    Las solicitudes se presentarán por escrito, de manera personal en el domicilio de la Responsable, o por medio de (a) mensajería o correo postal a la dirección de la

    1 Cuya creación obedecerá exclusiva, estricta y específicamente para los fines lícitos y legítimos establecidos explícitamente en este Aviso de Privacidad.

    Responsable, o (b) correo electrónico a la dirección privacidad@multiaduanas.com.mx.

    10. Consentimiento para el Tratamiento de los Datos Personales

    La Responsable informa a la Titular que al no oponerse expresamente al tratamiento de los Datos Personales, se entiende que ha recibido de la Titular su autorización tácita para dicho tratamiento.

    En todo caso, la firma estampada o ingresada electrónicamente que en su caso se estampe al calce del presente Aviso de Privacidad, o bien, la selección de la casilla electrónica correspondiente cuando el aviso se contenga en plataformas digitales, implicará que la Titular ha leído, entendido y aceptado sus términos, lo que constituye el consentimiento explícito, libre, específico, inequívoco e informado, para el tratamiento de sus Datos Personales.

    En todo caso, los Datos Personales podrán ser tratados y transferidos sin consentimiento de la Titular en los casos expresamente incluidos en los artículos 9 y 36 de la LFPDPPP.

    11. Consentimiento para Fuentes Indirectas

    En caso de que los Datos Personales sean captados de manera indirecta por la Responsable, y ello implique un cambio en las finalidades que, en su caso, la Titular le autorizó a quien compartió la Datos Personales con la Responsable, la Titular contará con 5 cinco días para oponerse al tratamiento de dicha información por parte de la Responsable, sin menoscabo de poder ejercer posteriormente el derecho de oposición contemplado en la LFPDPPP.

    En caso de no oponerse, se entenderá que la Titular otorgó su el consentimiento de manera tácita.

    12. Revocación del Consentimiento para el Tratamiento de Datos Personales

    En todo momento, la Titular podrá revocar el consentimiento otorgado para el tratamiento de los Datos Personales, con excepción de los supuestos establecidos por los artículos 9 y 36 de la LFPDPPP, mediante el envío de la solicitud correspondiente al Departamento de Administración & Contabilidad por escrito, de manera personal en el domicilio de la Responsable, o por medio de (a) mensajería o correo postal a la dirección de la Responsable, o (b) correo electrónico a la dirección privacidad@multiaduanas.com.mx.

    La solicitud debe contener el señalamiento de los Datos Personales respecto de los cuales desea revocar el consentimiento. En un plazo no mayor a 15 días hábiles, contados a partir de la recepción de la solicitud, el Responsable efectuará la revocación de les Datos Personales correspondientes.

    13. Medios y Procedimiento para Ejercer los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (“Derechos ARCO”)

    En todo momento, la Titular puede ejercer los Derechos ARCO, respecto de sus Datos Personales que obren en posesión de la Responsable, mediante el envío de la solicitud correspondiente al Departamento de Administración & Contabilidad por escrito, de manera personal en el domicilio de la Responsable, o por medio de (a) mensajería o correo postal a la dirección de la Responsable, o (b) correo electrónico a la dirección privacidad@multiaduanas.com.mx.

    La solicitud debe contener la siguiente información y/o documentación:

    1. a)  Nombre de la Titular.

    2. b)  Domicilio y/o correo electrónico para comunicar la respuesta a la solicitud.

    3. c)  Los documentos que acrediten la identidad de la Titular.

    4. d)  La descripción clara y precisa de los Datos Personales respecto de los cuales se busca ejercer alguno de los Derechos ARCO.

    5. e)  Cualquier otro elemento que facilite la identificación de los DatosPersonales relevantes para la petición.

    Acceso

    Tratándose de la solicitud de acceso, procederá previa acreditación de la identidad del Titular o representante legal, según corresponda, mediante la expedición de copias simples o documentos electrónicos en poder de la Responsable, de manera gratuita. En caso de documentos físicos, serán puestos a disposición de la Titular en el domicilio de la Responsable, durante un plazo de quince días, para que aquélla disponga su recolección.

    En el caso de que la Titular reitere la solicitud en un periodo menor a doce meses, deberá cubrir los costos correspondientes a la impresión, en caso de que se solicite su entrega en formato físico. Dicho costo no podrá exceder de tres días de la Unidad de Medida y Actualización vigente en la época de la solicitud.

    Rectificación

    Para el caso de la solicitud de rectificación, la Titular deberá indicar la modificación a realizar, así como aportar la documentación que sustente la petición.

    Cancelación y Oposición

    Las solicitudes de cancelación u oposición requieren causa legítima, y procederán en las siguientes dos hipótesis:

    a) Para evitar daños o perjuicios, lo que debe ser justificado.
    b) Cuando el tratamiento sea automatizado y produzca efectos adversos a la

    Titular, con relación a su rendimiento profesional, situación económica, estado de salud, preferencias sexuales, fiabilidad o comportamiento.

    De resultar procedente, la Responsable no podrá tratarlos.

    No procederá el ejercicio del derecho de oposición en aquellos casos en los que el tratamiento sea necesario para el cumplimiento de una obligación legal impuesta al responsable.

    Respuesta

    La Responsable comunicará a la Titular, en un plazo máximo de 20 días hábiles contados desde la fecha en que recibió la solicitud, la determinación adoptada, a efecto de que, si resulta procedente, se haga efectiva la misma dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en la que se le comunica la respuesta.

    La Responsable podrá negar el acceso a los Datos Personales o a realizar la rectificación, la cancelación o a conceder la oposición al tratamiento de los mismos, en los siguientes supuestos:

    1. a)  Cuando el solicitante no sea la Titular o su representación legal no esté debidamente acreditada.

    2. b)  Cuando en la base de datos de la Responsable no se encuentren los Datos Personales.

    3. c)  Cuandoselesionenlosderechosdeuntercero.

    4. d)  Cuando exista un impedimento legal o la resolución de una autoridad

      competente que restrinja el acceso a los Datos Personales o no permita la

      rectificación, cancelación u oposición de los mismos.

    5. e)  Cuandoelacceso,larectificación,lacancelaciónolaoposiciónhubierensido

      ya realizadas.

    La negativa a que se refiere el párrafo que antecede podrá ser parcial, en cuyo caso la Responsable efectuará el acceso, la rectificación, la cancelación o la oposición requerida por la Titular.

    En los casos antes previstos, la Responsable informará debidamente al motivo de la decisión a la Titular o a su representante legal, en el plazo de 20 veinte días referido arriba, a través del mismo medio en que se llevó a cabo la solicitud.

    En caso de que la Titular se sienta afectada con la resolución que emita la Responsable, tiene disponible la acción de protección de derechos ante las autoridades competentes en materia de Protección de Datos Personales.

    14. Plazo Obligatorio y Forma de Conservación de los Datos Personales

    De conformidad con los artículos 38 del Código de Comercio y 30 del Código Fiscal de la Federación, la Responsable deberá resguardar y garantizar la seguridad de los Datos Personales por al menos diez años, sin perjuicio de lo establecido en otros ordenamientos aplicables.

    Los Datos Personales se encontrarán protegidos por las medidas de seguridad físicas, administrativas, operativas y/o tecnológicas adecuadas contra el daño, pérdida, alteración, destrucción, uso, acceso o tratamiento no autorizados.

    15. Modificaciones al Aviso de Privacidad

    La Responsable se reserva el derecho de actualizar periódicamente el Aviso de Privacidad, por ser necesario o conveniente en función de los avances o

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    modificaciones regulatorios, administrativos, operativos o tecnológicos, o bien, debido a la implementación de nuevas políticas internas para la prestación de los servicios de Multiaduanas.

    Las actualizaciones se harán del conocimiento público a través de la página de internet https://multiaduanas.com.mx/, en su sección de Aviso de Privacidad.

    Fecha: Lugar: Nombre: Firma:

    __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________

  • Versión: 1.1
    Fecha de entrada en vigor: 15 de diciembre de 2025

    La Política para la Prevención de Riesgos Penales y de Violación de Derechos Humanos (en adelante, la “Política de Prevención”) de Multiaduanas, S. de R.L. de C.V., y de y/o de Desaduanamiento Libre, S. de R.L. de C.V. (en adelante y en conjunto, “Multiaduanas”) contiene los principios y directrices para la prevención de riesgos penales y de violaciones a los derechos humanos en la empresa.

    Como tal, refuerza nuestra cultura organizacional que se basa en la ética, la transparencia y el respeto irrestricto a la legalidad y a los derechos fundamentales, asegurando que nuestras actividades se desarrollen conforme a nuestro Programa de Integridad Empresarial (en adelante, el “Programa”), la normatividad aplicable y los estándares internacionales de debida diligencia.

    2. Ámbito de Aplicación

    Esta Política de Prevención se dirige a:

    1. a)  Todas las personas colaboradoras, directivas, consejeras, socias y representantes legales de Multiaduanas (en adelante, las “Personas Colaboradoras”).

    2. b)  Todos los socios comerciales de Multiaduanas, entendiéndose por ello cualquier persona o entidad, pública o privada, con la que Multiaduanas se alinee o asocie formal o informalmente para realizar negocios, dentro del giro comercial de la empresa. Algunos ejemplos incluyen proveedores, contratistas,

    asesores y otros terceros que actúen en nombre de la empresa o con quienes se mantienen relaciones comerciales (en adelante, los “Socios Comerciales”)1.

    En suma, cualquier persona que represente el nombre de Multiaduanas o trabaje con o para la empresa, estará sujeta a la operación de esta Política de Prevención.

    Además, esta Política debe ser aceptada por las personas que contratan los servicios de Multiaduanas (en adelante, los “Clientes”), por lo que corresponde a la(s) relación(es) comercial(es) concretas y específicas que existan entre ambas partes.

    3. Compromiso de Multiaduanas y sus socios

    Multiaduanas, su gerencia general y sus socios, se comprometen a:

    1. a)  Predicar con el ejemplo.

    2. b)  Disponer que exista un sistema de formación y sensibilización permanentes para todas las Personas Colaboradoras sobre el contenido del Programa, para lograr la mejor cultura interna de cumplimiento y conducta ética y legal.

    3. c)  Apoyar en todo momento, y de la mejor manera posible, a las personas víctimas de cualquier comisión delictiva y/o de violación de derechos humanos.

    4. d)  Poner a disposición de todas las Personas Colaboradoras, de los Socios Comerciales y de los Clientes un canal para recibir comunicaciones por la

      comisión de conductas delictivas o la violación a derechos humanos.

    5. e)  Iniciarlosprocedimientosinternosquecorrespondanparaaveriguarlaverdad de los hechos comunicados, siempre que las denuncias lo ameriten y se actúe de buena fe, y aplicar las medidas disciplinarias que correspondan conforme al

      Programa y a la ley, cuando se hayan comprobado tales hechos.

    6. f)  Ajustar el Programa en la medida en que sea necesario para evitar la repetición

      de conductas impropias, siempre que hayan resultado ser ciertas.

    7. g)  En su caso, denunciar ante las autoridades competentes cualquier hecho

      delictivo del que tengan noticia.

    4. Dolo, negligencia y accidente

    1 En esta política, el masculino utilizado en los sustantivos (e.g., socio, cliente o proveedor) debe entenderse como incluyente de todos los géneros, mismos que no se utilizan para salvaguardar la concisión y evitar desgastes o confusión en su lectura.

    En la interpretación y cumplimiento de esta Política, es necesario entender las diferencias que existen entre la conducta dolosa y la negligente, así como el concepto de accidente.

    Actuar con dolo significa tener la intención de hacer algo de manera libre, consciente y voluntaria, sabiendo, en todo momento, que va a haber un resultado ilícito y, aun así, llevar a cabo la conducta.

    La negligencia, o culpa, implica conducirse con falta de cuidado, por imprudencia o violando un deber de diligencia, pero sin la intención de causar daño.

    Finalmente, un accidente es un hecho fortuito, imprevisible e inevitable, que no puede atribuirse al dolo o a la culpa.

    El siguiente cuadro contiene las principales diferencias entre las tres categorías de conductuales:

    Conducta

    ¿Voluntad de causar daño?

    ¿Conocimiento previo del resultado posible?

    ¿Hay responsabilidad?

    Dolosa Negligente Accidental

    Sí
    Se debía haber previsto No

    Sí Sí Sí o debía saberlo Sí

    No No

    Una conducta que viola lo dispuesto por esta Política de Prevención será evaluada de manera distinta, y tendrá consecuencias diversas, en caso de haber sido dolosa, negligente o accidental.

    5. ConductaEsperada
    5.1. Debida Diligencia General

    Multiaduanas espera de todas las Personas Colaboradoras y de todos los Socios Comerciales que actúen siempre bajo los más altos estándares éticos, acatando de manera estricta las disposiciones de las normas que integran el Programa.

    Ello significa hacer todo lo que humana y razonablemente puedan hacer para evitar la comisión de conductas delictivas o la violación de los derechos humanos. Además, se espera de todas y de todos que siempre se actúe de manera prudente, con cuidado, honestidad y responsabilidad.

    Se espera, también, que (i) nadie acate instrucciones que impliquen, objetivamente, una incitación o exposición a cualquier conducta delictiva o violatoria de derechos humanos, y (ii) todas y todos se sientan alentados a comunicar, por los conductos oficiales, cualquier incidencia relacionada con el incumplimiento de las normas de conducta establecidas en el Programa de la que se tenga noticia, y que haya sido realizada por cualquier Persona Colaboradora (colegas que se encuentren en la misma o diversa posición jerárquica, subordinados o superiores), así como por los Clientes o los Socios Comerciales.

    Además, se espera de las Personas Colaboradoras, Socios Comerciales o Clientes que nunca se expongan al peligro ni intervengan indebidamente durante un incidente.

    Finalmente, se espera de todas las Personas Colaboradoras y de los Socios Comerciales que, en caso de duda sobre si una decisión o una acción específica es legal y éticamente válida, antes de actuar, pregunte a su superior jerárquico, a la Gerencia General y/o al canal de comunicaciones referido en la Cláusula 6.

    5.2. Debida Diligencia Reforzada: Prevención Específica de Riesgos

    En todo momento, Multiaduanas espera que todas las Personas Colaboradoras y los Socios Comerciales, y no sólo aquellas que están directamente expuestas a sufrir las consecuencias de algún riesgo específico de conducta delictiva o violación de derechos humanos, o a materializarlo, actúen de manera especialmente diligente.

    De manera particularmente relevante resulta atender lo dispuesto en la Política de Licitud de Mercancías, en la Política para Combatir la Corrupción y en la Política de Licitud y Transparencia Financieras de Multiaduanas, mismas que identifica con precisión riesgos específicos y señala cuál es la conducta esperada al respecto, no sólo con relación a las personas que están especialmente expuestas a sufrir las consecuencias del riesgo, o a materializarlo, sino también respecto de cualquiera otra que, por cualquier motivo, habitual o circunstancial, los coloque dentro del ámbito de tales riesgos.

    6. Comunicación por Incumplimiento

    Las Personas Colaboradoras, los Socios Comerciales y los Clientes tienen la obligación ética ineludible de informar sobre cualquier actividad, conducta, situación o incidente de la que tengan noticia y que implique o pueda implicar la comisión de una conducta delictiva o de violación de derechos humanos.

    Ello, por medio del canal digital de denuncias (etica-multiaduanas@buzonseguro.org o al buzón www.buzonseguro.org), en los términos y con las salvaguardas garantizadas en la Política de Articulación para el Cumplimiento de Multiaduanas.

    7. Firma de Compromiso

    Todas las Personas Colaboradoras deberán firmar electrónicamente este instrumento. Su firma equivale a su expresa aceptación de haberlo leído y comprender sus disposiciones, así como de su compromiso de actuar conforme a ellas.

    8. Formación

    El contenido de la presente Política se difunde mediante sesiones de formación periódicas presenciales o virtuales.

    9. Supervisión

    La supervisión operativa de esta Política estará a cargo de cualquier persona que tenga entre sus funciones supervisar a otra y que, por motivo de ellas, le resulte aplicable.

    El cumplimiento de esta Política será supervisado, en última instancia, por la Gerencia General, y en caso de la existencia potencial o actual de alguna mercancía ilícita, se procederá a la inmediata adopción de sanciones (despido justificado, rescisión sin responsabilidad de los contratos correspondientes, etc.) así como al aviso a las autoridades competentes, también inmediato.

    En caso de que en los hechos esté involucrada la Gerencia General, el cumplimiento de esta Política estará a cargo de la Asamblea de Socios, órgano que realizará los ajustes que convenga para aislar a la Gerencia General de las discusiones correspondientes.

    En caso de que en los hechos esté involucrado alguien perteneciente a la Asamblea de Socios, el cumplimiento de esta Política estará a cargo del resto de miembros de dicho

    órgano, mismo que realizará los ajustes que convenga para aislar a la persona involucrada de las discusiones correspondientes.

    10. Revisión y Mejora Continua

    La Política de Prevención será revisada al menos anualmente, y modificada en cualquier momento por cambios normativos, operativos o tecnológicos relevantes. En tal caso, se hará de conocimiento de todas las Personas Colaboradoras, Clientes y Socios Comerciales mediante su publicación en la página de internet de la empresa (https://multiaduanas.com.mx/), que siempre desplegará la versión más actualizada.

    Las actualizaciones serán aprobadas por las mismas autoridades internas que aprobaron la presente versión de la Política.

    11. Aprobación por la Gerencia General y la Asamblea de Socios de Multiaduanas

    La presente Política de Prevención fue aprobada por la Gerencia General el día 12 de diciembre de 2025.

    Además, fue expresamente aprobada por la Asamblea de Socios de Multiaduanas con fecha 12 de diciembre de 2025.

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